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Tribunal · solo Pro
FUNDACIÓN CHILENA DE CULTURA con SII
Fecha: 07-09-2026 · Materia: Resolución; Tasación general bien raíz no agrícola
ACOGE+18.000M Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo y declara exención de Impuesto Territorial para inmueble destinado exclusivamente a casa de retiro espiritual, revocando Resolución SII que la denegó.
Fundación Chilena de Cultura es propietaria desde 1965 de un inmueble en Lo Barnechea (rol 3555-17) de 31.000 m² de terreno y 6.927 m² construidos, destinado a casa de retiro espiritual denominada Antullanca. El inmueble cuenta con 62 habitaciones, oratorios y parque para meditación, donde se realizan retiros espirituales de 3 a 5 días y cursos de teología. La Fundación solicitó exención del Impuesto Territorial el 15 de mayo de 2023. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución N°1956 de 24 de julio de 2023, argumentando que el inmueble no se destinaba exclusivamente al servicio de culto.
El tribunal analiza que la exención de Impuesto Territorial para templos y sus dependencias destinados exclusivamente al servicio de culto está establecida en el artículo 19 N°6 de la Constitución Política y en el Cuadro Anexo de la Ley 17.235. Conforme a la Circular 45 del SII, la palabra culto debe entenderse como conjunto de ritos y ceremonias litúrgicas. El tribunal valora la prueba rendida: testimonios de asistentes frecuentes que confirman retiros espirituales desde hace 40+ años; inspección personal que constató 62 habitaciones, oratorios con Eucaristía diaria, parque meditativo y ausen
Se acoge el reclamo. Se deja sin efecto la Resolución Ex. SII N°1956 de 24 de julio de 2023. Se declara la exención del Impuesto Territorial del inmueble rol 3555-17 de Lo Barnechea desde el primer semestre del año 2020. No se condena en costas por tener motivo plausible para litigar.
“FUNDACIÓN CHILENA DE CULTURA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE”.
RUC: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 259874
Multa UTM 0
Reajuste UTM 0
Intereses UTM 0
Cuantía Bruta UTM 259874
Santiago, siete de septiembre de dos mil veintiséis.
VISTOS:
PRIMERO: Que, a folio 1 y siguientes del expediente electrónico, con fecha 07 de noviembre de 2023, comparece don EUGENIO BENÍTEZ KUFFERATH, abogado, cédula de identidad número 9.899.328-2, en representación de FUNDACION CHILENA DE CULTURA, Rol Único Tributario Número 71.430.300 - 7, quien de conformidad al artículo 124 y siguientes del Código Tributario y demás normas que invocará, deduce reclamo tributario, en contra de la Resolución Ex. SII N°1956, de fecha 24 de julio de 2023, emitida por la Jefa del Departamento de Avaluaciones de la Dirección Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, acogerlo a tramitación y en definitiva se deje sin efecto el acto administrativo tributario y, en su lugar, se acoja la solicitud de exención del Impuesto Territorial, en razón de los argumentos de hecho y de derecho que paso a exponer a continuación.
I. Antecedentes 1. Su representada es dueña del inmueble ubicado en Comandante Malbec 13.265, de la comuna de Lo Barnechea, rol 3555-17.
2. El inmueble tiene una superficie de 31.000 m2 de terreno y de 6.927 m2 construidos. e14e896cfd034b5e9871a2bb2470ea97 3. Se hace presente que el inmueble antes referido se destina, desde su adquisición, exclusivamente al servicio del culto.
4. En efecto, la propiedad en cuestión fue adquirido en el año 1965 como “casa de retiro”, teniendo en consideración que, conforme a los estatutos de la Fundación Chilena de Cultura, ésta tienen como objeto, entre otros, facilitar la educación espiritual de todo tipo de personas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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