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Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

MUTUAL DE SEGURIDAD DE LA CAMARA CHILENA DE LA CO con SII

Fecha: 17-10-2023 · Materia: Resolución; Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez

HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte

Resumen (IA)

Tribunal acoge parcialmente reclamo de Mutual de Seguridad contra SII, reconociendo su carácter de institución de socorros mutuos y otorgando exención de impuesto territorial conforme a Ley 17.235.

Hechos

Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción solicitó exención de impuesto territorial respecto del inmueble Rol 118-85 ubicado en Panamericana Norte 7500, Quilicura. SII rechazó la solicitud mediante Resolución 501 de 24 julio 2020, argumentando que la Mutual no constituye institución de socorros mutuos sino de previsión social, y que los inmuebles no correspondían a sedes sociales por prestar servicios también a terceros. La Mutual reclamó ante el Tribunal Tributario solicitando se deje sin efecto la resolución y se devuelvan montos pagados en exceso.

Considerandos clave

El Tribunal concluye que las Mutualidades de Empleadores que administran el seguro de la Ley 16.744 tienen carácter de Instituciones de Socorros Mutuos, conforme a criterio histórico del SII y dictámenes de organismos como CGR y SUSESO. No existe incompatibilidad entre ser institución de previsión social e institución de socorros mutuos. La ley no exige que la destinación al servicio de miembros sea exclusiva, sino simplemente destinada al servicio de los mismos. El SII transgrede el principio de legalidad tributaria al imponer distinciones no contenidas en la ley. La exención es de naturaleza

Resolutivo

Se acoge parcialmente el reclamo dejando sin efecto la Resolución 501 del SII y se ordena reconocer la exención de impuesto territorial conforme a Párrafo I Letra C) N°8 del Cuadro Anexo de Ley 17.235. Se rechaza parcialmente la devolución desde 2017, ordenándose en su lugar devolución desde 1° enero 2020 al cumplimiento del fallo. Se condena en costas al SII.

Texto del fallo

“MUTUAL DE SEGURIDAD DE LA CAMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCIÓN REGIONAL

SANTIAGO NORTE”

RIT N°: Rol · solo Pro

RUC N°: Rol · solo Pro

Cuantía: No aplica.

Santiago, diecisiete de octubre del dos mil veintitrés.

VISTOS.

A folios 1 y siguientes del expediente electrónico , con fecha 11 de noviembre del año 2020 , comparece don ANDRÉS CASTILLO PÉREZ, abogado, cédula nacional de identidad número [RUT reservado], en representación convencional de MUTUAL DE SEGURIDAD DE LA CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN, Rol Único Tributario número 70.285.100 -9, (en adelante indistintamente, la “ reclamante o actora ”, el “contribuyente”, la o “ la Mutual ”), ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Bicentenario 3883, oficina 403, comuna Vitacura, Región Metropolitana, quien en tiempo y forma, interpone reclamo tributario de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Resolución Ex. SII N° 501, emitida con fecha 24 de julio de 2020, por la Dirección Regional Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos, “la reclamada”, en adelante e indistintamente “ la resolución o acto reclamado”, solicitando se deje sin efecto, de conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación se exponen:

I. FASE DE DISCUSIÓN. Los hechos y el derecho:

A. EL RECLAMO TRIBUTARIO.

I. Antecedentes preliminares:

Señala el representante de la contribuyente que, con fecha 31 de enero de 2020, la Mutual presentó una solicitud administrativa ante el Departamento de Avaluaciones del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), solicitando la exención del pago de impuesto territorial respecto del inmueble Rol N° 118-85, ubicado en Panamericana Norte 7500, de la comuna de Quilicura, Región Metropolitana, en conformidad a lo dispuesto en el Párrafo I Letra C) N° 8 del Cuadro Anexo de la Ley 17.235 Sobre Impuesto Territorial.

En cuanto a los fines de la requirente:

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

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