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Tribunal · solo Pro
Silva Boggiano con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 18-12-2013 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamación contra reliquidación del Impuesto Global Complementario por falta de relación entre los argumentos sobre justificación de inversiones y el acto administrativo reclamado (Reliquidación N°7).
Macarena Silva Boggiano, contribuyente empleada de la Universidad de Antofagasta desde 2002, realizó inversiones en fondos mutuos y adquirió un inmueble en 2007 por UF 5.989. Pagó pie de UF 3.294 ($61.850.252) mediante rescates de fondos mutuos efectuados entre 2004 y 2006, y financió el saldo de UF 2.695 con crédito hipotecario del Banco Estado. El SII citó al contribuyente en mayo 2008 observando justificación de inversiones. Se dictó Liquidación N°106 el 20 de julio 2011 por Impuesto Global Complementario de $83.547.387. La contribuyente interpuso reposición administrativa, resuelta en octu
El tribunal identifica que el acto administrativo reclamado es la Reliquidación N°7 (acto de recálculo), no la Liquidación N°106 original. Los argumentos de la reclamante sobre justificación de inversiones se refieren a esta última, cuyo plazo de 90 días para reclamar (desde 27 julio 2011) ya había vencido el 15 de noviembre 2011, operando preclusión de plazo. La interposición de reposición administrativa no interrumpe el plazo de reclamación judicial según artículo 123 bis del Código Tributario. Los argumentos sobre inversiones carecen de relación con la Reliquidación N°7, que es un acto admi
Se rechaza la reclamación interpuesta contra la Reliquidación N°7 de 11 de abril de 2013 notificada el 22 de abril de 2013, quedando firme el acertamiento del Impuesto Global Complementario del año tributario 2008. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RECLAMANTE : Macarena Silva Boggiano
RECLAMADO : Servicio de Impuestos Internos
MATERIA : Procedimiento General de Reclamaciones – Código Tributario
Antofagasta, a dieciocho días del mes de diciembre de dos mil trece.
VISTOS:
A fojas 7, comparece don Juan Paulo Ovalle Cerpa , abogado, en representación de la contribuyente MACARENA SILVA BOGGIANO , de profesión abogada, Rol Único
Tributario N° 1 0.983.929-9, ambos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat N° 482, oficina N° 304 , de la ciudad de Antofagasta, quien interpone reclamación en Procedimiento General de Reclamaciones, en contra de la Reliquidación de Impuestos N ° 7, notificada por cédula con fecha 22.04.2013, por la II Dirección Regional de Antofagasta del Servicio de Impuestos Internos.
En la reliquidación reclamada, el órgano fiscalizador determinó la existencia de una diferencia por concepto de Impuesto Global Complementario reliquidado, por un total ascendente a $11.192.052.
La compareciente funda su reclamo en función a las consideraciones de hecho y derecho que expone:
I. Antecedentes previos.
Indica la actora que su representada doña Macarena Silva Boggiano, trabaja en calidad de dependiente desde el mes de noviembre de 2002 para la Universidad de Antofagasta, declarando sus ingresos provenientes de sus rentas de conformidad al artículo 42 número 1 del D.L. N° 824 sobre renta, constando que sus ingresos en el año tributario 2007 fueron $22.420.303 y se retuvo y enteró en arcas fiscales por la entidad estatal la suma de $1.438.559. En cuanto a los ingresos del grupo familiar, expone que la contribuyente se encuentra casada, siendo su cónyuge el principal proveedor de la familia, permitiéndole a su representada el ahorro de dineros producto de su actividad principal para invertirlo en productos mercantiles.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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