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Tribunal · solo Pro
SII REGION DE LOS RIOS con BRELLENTHIN MASSRI
Fecha: 01-04-2014 · Materia: Artículo 97 N° 9 del CT · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal acogió denuncia por ejercicio efectivamente clandestino del comercio (venta de bebidas alcohólicas sin patente ni autorización) bajo art. 97 N°9 CT, condenando a multa de dos UTA por incumplimiento de normas legales y horarios establecidos.
El 14 de octubre de 2012, funcionarios de Carabineros allanaron el domicilio de Herta Brellenthin Massri en calle O'Higgins N°149, Valdivia, previa autorización judicial. Constataron venta de bebidas alcohólicas sin permiso municipal, encontrando aproximadamente 17 a 20 personas consumiendo alcohol en el interior. Se decomisaron latas de cervezas y botellas de licores. La denunciada argumentó que se trataba de una fiesta privada donde los asistentes llevaron el alcohol, pero el tribunal evaluó que la disposición de mesas y la prueba policial demostraban operación como pub clandestino.
El tribunal aplicó los principios de derecho penal en forma atenuada, confirmando que el SII debe acreditar cada elemento del ilícito. Mediante prueba documental y testimonial (partes policiales, actas de allanamiento, declaraciones de carabineros y fiscalizador tributario), se estableció que la denunciada vendía bebidas alcohólicas sin patente municipal adecuada (solo tenía registro de estacionamiento y venta de jugos naturales), sin giro tributario compatible, en horario no permitido por ley (funcionó a las 05:50 horas, fuera de 10:00 a 04:00 horas). La actividad cumplía definición de clande
Acogió acta de denuncia por infracción art. 97 N°9 CT (ejercicio efectivamente clandestino del comercio). Condenó a Herta Eliana Brellenthin Massri al pago de multa de $995.256 equivalente a dos Unidades Tributarias Anuales. Ordenó notificación por carta certificada y publicación en sitio web del tribunal.
Valdivia, uno de abril de dos mil catorce
VISTOS:
A fojas 2 y siguientes, rola Acta de Denuncia N° 01, de fecha 30 de enero de 2014, levantada por el Servicio de Impuestos Internos en contra de la denunciada doña HERTA ELIANA BRELLENTHIN MASSRI, RUT N° 8.051.696 -7, con actividad en servicios personales de educación, f abricación de prendas de vestir, venta al por menor de lanas, h ilos, estacionamiento de vehículo s y servicios de otros establecimientos que expenden comidas y bebidas, domiciliada en O’Higgins N° 149, Valdivia, por la infracción prevista en el artículo 97 N° 9 del Código Tributario. Refiere la mencionada Acta de Denuncia que para el análisis del caso se tuvo a la vista Orden de Allanamiento N° 873 de fecha 05.10.2012 de la 1° Comisaría de Valdivia de Carabineros de Chile; Parte N° 01843 de fecha 14.10.2012 de la Primera Comisaría de Valdivia de Carabineros de Chile; Resolución del 2° Juzgado de Policía Local de Valdivia de fecha 09.10.2012 que autoriza la entrada y registro del inmueble ubicado en calle O’Higgins N° 149 comuna de Valdivia, de propiedad de doña Herta Brellenthin Massri; y Acta de allanamiento y anexos.
Relata cuál es la conducta constitutiva de la infracción. Señala que funcionarios policiales, en conocimiento que al interior de una casa habitación en calle O’Higgins N° 149 se vendían bebidas alcohólicas de manera clandestina, el día 14 de octubre de 2012 y previa autorización judicial, ingresaron al domicilio señalado, a las 05.50 horas, constatando la venta de alcohol sin permiso municipal, así como la concurrencia de aproximadamente 17 personas consumiendo alcohol. En el acto, además, se procedió a incautar latas de cervezas y botellas de otros licores, los que se individualizan. Indica que, conforme a los medios de prueba con que se cuenta , se puede establecer la existencia del ilícito que origina la acción infraccional que se deduce.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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