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Tribunal · solo Pro
BELTRÁN GALLEGOS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 08-04-2014 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamación de contribuyente contra liquidaciones por diferencia de impuestos por no acreditar fehacientemente el origen de fondos destinados a inversión en vehículo y fondos mutuos, por falta de contabilidad.
Olga Fabiola Beltrán Gallegos, contribuyente con actividad empresarial de alimentación y residencial, fue fiscalizada por el SII respecto de su declaración de impuesto a la renta del año tributario 2010. El SII emitió liquidaciones N° 16.028 y 16.029 (julio 2013) por diferencias de Impuesto de Primera Categoría ($12.520.937) e Impuesto Global Complementario ($200.271), argumentando que no justificó el origen de fondos para: (a) adquisición de vehículo Chevrolet S10 Apache III 2.4 por $11.623.100 (diciembre 2009), parcialmente acreditada con parte de pago de vehículo antiguo por $3.833.100; y (
El tribunal analiza si la reclamante acreditó conforme al artículo 70 de la LIR el origen de los fondos para ambas inversiones. Respecto del vehículo: aunque la reclamante presentó ingresos brutos de $82.922.603 en 2009 y declaró el IVA como crédito fiscal, no acompañó su contabilidad (Diario-Mayor), siendo imposible verificar los flujos monetarios mensuales, costos y gastos del negocio. Respecto de fondos mutuos: aunque acreditó la existencia de inversiones mediante cartola, no probó que los ingresos de su actividad fueran efectivamente retirados del negocio. Solo declaró retiros por $8.017.1
Se rechaza la reclamación presentada contra las liquidaciones N° 16.028 y N° 16.029, quedando firmes los acertamientos emitidos por el SII. Se rechaza la solicitud de inadmisibilidad probatoria del SII. No se condena en costas a la reclamante por no haber sido completamente vencida en juicio.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RECLAMANTE : Olga Fabiola Beltrán Gallegos
RECLAMADO : Servicio de Impuestos Internos
MATERIA : Procedimiento General de Reclamaciones – Código Tributario
Antofagasta, a ocho días del mes de abril de dos mil catorce.
VISTOS:
A fojas 2 y siguientes, comparece doña Zdenka Riveros Fernández, abogada, con domicilio en calle Coquimbo N° 888 oficina 501, de la ciudad de Antofagasta, en calidad de mandataria judicial de la contribuyente OLGA FABIOLA BELTRÁN GALLEGOS, Rol Único
Tributario N° 11.096.409 -9, domiciliada en calle San Martín N° 125, de la comuna de Mejillones, quien interpone reclamación en Procedimiento General de Reclamaciones, en contra de las Liquidaciones N°s. 16.028 y 16.029, ambas emitidas con fecha 19 de julio de 2013, por la II Dirección Regional de Antofagasta del Servicio de Impuestos Internos, por concepto de diferencia de Impuesto de Primera Categoría, por un total de $12.520.937, e Impuesto Global Complementario por una suma de $200.271, incluidos reajustes e intereses.
Dichas liquidaciones se fundan en función de supuestas rentas por la adquisición de un vehículo e inversiones en fondos mutuos en el año 2009, bajo el supuesto de no estar justificado el origen de los fondos destinados a tales inversiones, ante lo cual, en términos resumidos, el actor expone en su reclamación lo siguiente:
I.- Antecedentes de hecho.
Señala que con fecha 26 de julio de 2013, se le notificó a su representada las liquidaciones N° 16.028 y 16.029, objeto del presente juicio, y en la que se le determinaron diferencias de Impuestos a la Renta y Global Complementario por haberse acreditado en forma parcial el origen de los fondos con los cuales realizó las siguientes inversiones:
II.- Justificación de las inversiones.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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