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Tribunal · solo Pro
Sociedad Inmobiliaria el Almendral S.A. con SII
Fecha: 02-09-2014 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola; Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: francisco_javier_orellana_rivera
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de avalúo de inmobiliaria por no acreditar carácter forestal de predios ni afectación por futuro camino. Mantiene avalúos y sobretasas determinadas por SII.
Sociedad Inmobiliaria El Almendral S.A. interpone reclamo de avalúo respecto de tres inmuebles (roles 9500-244, 9500-245 y 9500-56) ubicados en Valparaíso. Argumenta que son predios forestales mal clasificados en serie no agrícola por contener plantaciones de pino, que dos de ellos están divididos por futuro camino según plano regulador, solicitando ajuste de 0,1 y eliminación de sobretasas. SII contesta que avalúos son correctos conforme Ley 17.235 y que predios no tienen calidad forestal acreditada por autoridad competente.
El tribunal analiza que la prueba instrumental (certificado de Forestal Valparaíso S.A.) no es suficiente para acreditar calidad agropecuaria exigida por artículo 1° Ley 17.235, pues Forestal Valparaíso no es servicio competente. La inspección personal y certificados municipales de informes previos no evidencian que predios estén afectos a utilidad pública. La prueba pericial no ilustra adecuadamente, contradice inspección personal y certificados municipales. Constata que contribuyente es inmobiliaria que adquiere predios como insumo para proyectos inmobiliarios, no desarrolla actividad forest
Se rechaza el reclamo de avalúo. Se mantienen a firme las actuaciones reclamadas (avalúos y sobretasas determinados por SII). No se condena en costas a la reclamante por estimar motivo plausible.
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INMOBILIARIA EL ALMENDRAL S.A RUT 96.607.360-8
Valparaíso, dos de septiembre de dos mil catorce
VISTO:
Que a fojas 1 , 104 y 203, compareció don JOSÉ MELLADO
MELLADO, RUT Nº 8.326.951 -0, en representación de SOCIEDAD INMOBILIA RIA EL ALMENDRAL S.A, RUT N° 96.607.360 -8, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Libertad 1405, oficina 1702, ciudad de Viña del Mar, V Región, quien interpuso Reclamo de Avalúo respecto de los inmuebles ROL N° 9500-244, 9500-245 y 9500 -56, en conformidad a los artículos 149 y siguientes del Código Tributario, en contra de la V Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Fundando su reclamación en las causales N° 2 y 3, del artículo 149 del Código Tributario, la parte reclamante argumenta que los inmuebles de autos son predios forestales mal clasificados en la serie no agrícola por contener plantaciones de pino.
2. Añade que los inmuebles roles N° 9500 -244 y 9500-245, según el Plano regulador , están divididos por un futuro camino que ocupará parte relevante de su superficie.
3. Conforme lo anterior, solicita la aplicación de un ajuste de 0,1, respecto de todos los inmuebles de autos y respecto de los inmuebles ROL N° 9500 -244 y 9500 -56, pide además eliminar la respectiva sobretasa, todo con costas.
A fojas 44, 149 y 254 , compareció doña OTTY ALEXANDRA
VIVANCO JIMENEZ , Directora (S) Regional del Servicio de Impuestos Internos, RUT Nº 12.845.317 -2, en representación de la V DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, ambos domiciliados en Melgarejo N° 669, quinto piso, ciudad de Valparaíso, solicitando el rechazo del reclamo en atención a las siguientes consideraciones:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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