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Tribunal · solo Pro
Flores Zúñiga con SII
Fecha: 12-02-2015 · Materia: Artículo 109 del CT · Juez: Óscar Meriño Maturana
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra infracción por no emisión de boleta de $1.900. Confirma sanción de 2 UTM ($86.055) sin clausura, estimando probada la infracción del artículo 97 N°10 CT.
Jovita Flores Zúñiga, comerciante, fue fiscalizada el 7 de junio de 2014 por funcionarios del SII en su local ubicado en Av. Libertador Bernardo O'Higgins, comuna de Estación Central. Los fiscalizadores presenciaron una venta de pan y dos jugos por $1.900 sin emisión de boleta correspondiente. Se notificó infracción N°1159206 por artículo 97 N°10 CT. La reclamante sostuvo que estaba en curación nasal por accidente, cuestionó la identidad de los funcionarios y alegó ataque de pánico. Solicitó rebaja del 75% de la multa, pero fue rechazada por registro de reiteradas infracciones. La reclamante p
El tribunal aplicó sana crítica para evaluar la prueba, exigiendo estándar más riguroso que probabilidad preponderante por tratarse de sanción infraccional. Consideró que todo contribuyente afecto a impuesto debe emitir boleta en el momento de entrega de especies conforme DL 825 artículos 52, 53 y 55. La infracción del artículo 97 N°10 CT requiere: estar afecto a impuesto y no otorgar documentos tributarios según requisitos legales. Los funcionarios presenciaron los hechos, revisaron talonario de boletas y acreditaron la no emisión. Se reconoció presunción de inocencia favoreciendo al SII acre
Rechaza reclamo. Confirma Notificación de Infracción N°1159206 del 7 de junio de 2014. Condena al pago de multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales ($86.055) sin clausura del establecimiento. No se condena en costas por estimar motivos plausibles para litigar.
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADU ¡ANERO
Región Metropolitana de Sant
EN SANTIAGO, DOCE DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE.
VISTOS:
El escrito de fecha 14 de junio de 2014, rolante a fojas 1 a 2 de autos, presentado por doña JOVITA ALEJANDRA FLORES ZUÑIGA, Rut 12.499.451-9 domiciliada en Av. Libertador Bernardo O'Higgins N* 5850 comuna de Estación Central, mediante el cual interpone reclamo de conformidad a Procedimiento Especiales para la aplicación de ciertas multas establecido en el Código Tributario, en contra de la Notificación N* 1159206 de fecha 7 de junio de 2014, por infracción contemplada en el artículo 97 N% 10, fundado en que el contribuyente no emitió la boleta de compraventa por un valor de $ 1.900.-( mil novecientos pesos ).
En su reclamo la contribuyente sostiene, en resumen, que con fecha 7 de junio de 2014, fue cursada la notificación de infracción N* 1159206, por no haber emitido boleta de compraventa por un valor de $1.900 ( mil novecientos pesos ) correspondiente a la venta de pan y jugos. Sostiene en su alegato que mientras se realizaba curaciones en su nariz debido a un accidente, ingresaron a su local dos funcionarios del Servicios de Impuestos Internos, quienes previa identificación procedieron a informarle que sería cursada una infracción por no emitir la boleta de compraventa de una transacción comercial realizada minutos antes . Agrega la reclamante que debido a esta situación, y que demás la señora que había realizado la compra señalada se había retirado del local sin pagar, lo que le provocó un ataque de pánico. Continúa señalando que concurrió a las oficinas del SII para acceder al beneficio de la rebaja del 75% de la multa cursada, sin embargo le informaron en dicha repartición que no era posible tal condonación debido a que en los registros del ente fiscalizador aparecía como contribuyente con reiteradas infracciones, situación que ella señala no es efectivo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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