Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
SERVICLINICA IQUIQUE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 30-03-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
HA LUGAR EN PARTE+100M Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Reclamación contra liquidaciones por agregados a RLI en AT 2000-2011 por no acreditar rebajas, remuneraciones, deudas incobrables y otros gastos. Tribunal acoge parcialmente, confirmando mayoría de agregados por falta de acreditación fehaciente.
SII fiscalizó a Serviclínica Iquique S.A. y liquidó impuestos de Primera Categoría y artículo 21 del AT 2011, por agregados a pérdidas tributarias de AT 2000-2011. Los agregados se originaron en: no acreditar rebajas en códigos 807, 640 y 642; remuneraciones no acreditadas total o parcialmente en AT 2000, 2001 y 2011; deudas incobrables; otros gastos deducidos (código 635) en AT 2007 y 2011; descuentos en balance 2010; y gastos rechazados sujetos a artículo 21. Contribuyente dedujo reposición administrativa que fue acogida parcialmente.
El tribunal analizó cada concepto de agregado. Respecto al Concepto A (rebajas códigos 807, 640, 642), confirmó agregados por no acreditar fehacientemente las partidas deducidas de la RLI declarada. En Concepto B (remuneraciones), aceptó parcialmente lo acreditado con libros auxiliares. Concepto C (deudas incobrables) aceptó parcialmente según documentación aportada. Concepto D (otros gastos código 635) confirmó rechazo por falta de documentación de respaldo y libros contables requeridos. Concepto E (descuentos) confirmó rechazo pues toda rebaja a ingresos debe justificarse fehacientemente seg
Se acoge parcialmente la reclamación. Se confirman las liquidaciones N° 1 y 2 modificadas según Resolución Exenta 39.186, aceptando partidas 1, 2, 11, 14, 16, 17 y 20. Base imponible Primera Categoría AT 2011 queda en $827.355.011, impuesto determinado $139.547.121. Se elimina totalmente Impuesto Único artículo 21.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACÁ
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
SERVICLÍNICA IQUIQUE S.A.
RUT 96.840.610-8
Iquique, treinta de marzo del dos mil quince.
VISTOS:
A fs. 1 comparece don JORGE ENRIQUE GÓMEZ JOHNS, chileno, casado, gerente general, cédula de identidad y rol único tributario N°8.283.946-1, en representación de SERVICLÍNICA IQUIQUE S.A., sociedad del giro de su denominación, rol único tributario N° 96.840.610-8, ambos domiciliados para estos efectos en calle Barros Arana N° 1550, comuna y ciudad de Iquique, quien deduce reclamación en contra de las Liquidaciones N° 1 y 2, de fecha 28 de febrero de 2014, notificadas por cédula en igual fecha, emitidas por el fiscalizador don CÉSAR RUHE
MAMANI y la Jefe del Departamento de Fiscalización (S) doña ENID BRAVO
ROJAS, todos de la Dirección Regional de Iquique del Servicio de Impuestos
Internos, en atención a los siguientes antecedentes de hecho y de derecho:
De acuerdo al procedimiento de auditoría practicado por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS1 a la reclamante, el cual concluyó con la notificación de las Liquidaciones reclamadas, el ente administrativo determinó una acreencia fiscal por Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Único del inciso
En adelante e indistintamente SII 3627a66c-05e9-4900-a33f-eea2b35a4f7a tercero, del artículo 21°, de la Ley de Impuesto a la Renta2, correspondientes al ejercicio comercial 2010, Año Tributario3 2011.
Los hechos que dan origen a las liquidaciones antes expuestas emanarían de los agregados que el SII pretende hacer a las pérdidas tributarias declaradas en los AT 2000 a 2011, y que provocan la determinación de impuestos a pagar en el AT 2011.
Los conceptos por los cuales la autoridad tributaria practica los agregados a las bases imponibles y que inciden en la determinación de los impuestos del AT 2011 son, en forma resumida, los siguientes:
CONCEPTO A: No haberse acreditado en la Renta Líquida
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.