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Tribunal · solo Pro
SII con LEIVA ACEVEDO
Fecha: 09-04-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal condena a contribuyente por aumentar indebidamente crédito fiscal del IVA mediante uso de 5 facturas falsas en noviembre y diciembre de 2011, imponiendo multa equivalente al 200% de lo defraudado ($9.602.510).
Victor Omar Leiva Acevedo, contribuyente minero, registró en su libro de compras y ventas 5 facturas falsas presuntamente emitidas por José Eugenio Vargas Gutiérrez en los períodos tributarios de noviembre y diciembre de 2011. Las facturas (N° 541, 544, 547, 565 y 592) diferían sustancialmente en formato, montos, fechas y detalles respecto de los verdaderos duplicados emitidos por Vargas. El denunciado utilizó estas facturas para aumentar indebidamente su crédito fiscal del IVA, disminuyendo así su débito tributario. El monto total defraudado ascendió a $4.801.255 en IVA.
El tribunal constató que el denunciado utilizó créditos asociados a facturas falsas con plena intención de aumentar sus créditos fiscales del IVA. Se verificó que nunca realizó operaciones comerciales con Vargas, quien en declaración jurada negó conocer al denunciado. El tribunal determinó que la conducta fue dolosa, ejecutada con conocimiento y voluntad de pagar menor impuesto y afectar el erario fiscal. Se analizaron las circunstancias modificatorias del art. 107 CT: ausencia de reincidencia (atenuante), ausencia de cooperación, existencia de dolo (agravante), compensándose racionalmente. Se
Se confirma Acta de Denuncia N°3 por infracción tributaria al art. 97 N°4 inciso segundo del CT. Se aplica multa equivalente al 200% del monto defraudado ($9.602.510). No se condena en costas. Se ordena cumplimiento administrativo por el Director Regional del SII.
CAUSA : “S.I.I CON LEIVA ACEVEDO, VÍCTOR OMAR”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT Nº : Rol · solo Pro
Rancagua, A NUEVE DE ABRIL DE DOS MIL QUINCE.
VISTOS:
UNO. La presentación de fojas 1, correspondiente a Reservado N° 17 de 26 de noviembre de 2014, a través del cual, don LUIS AGUIRRE PÉREZ, Director VI Dirección Regional Rancagua del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, en adelante indistintamente denominado como el “Servicio“, el “SII” o el “Sii”, RUT N°60.803.423-4, ambos domiciliados en calle Estado N° 154, comuna y ciudad de Rancagua, mediante el cual se remite al Tribunal Acta de Denuncia N° 3, de 17 de noviembre de 2014, y una serie de antecedentes, para efectos de la aplicación de sanciones --conforme al procedimiento previsto en el artículo 161 del Código Tributario-- al contribuyente don VÍCTOR OMAR LEIVA ACEVEDO , RUT N° 16.253.140-9, por haber incurrido en la infracción contemplada en el artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario, consistente en el aumento indebido del crédito fiscal imputado contra el impuesto a las Ventas y Servicios que debió declarar y pagar en los meses de noviembre y diciembre de 2011 , el que se verificó a través del registro en su libro de compras y ventas de 5 facturas falsas en los periodos respectivos . El contenido del Acta es el que resumidamente se expone a continuación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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