Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
TORREJÓN CORTÉS con SII
Fecha: 23-04-2015 · Materia: Liquidación; Resolución · Juez: Francisco Javier Orellana Rivera
RECHAZA
Se rechaza reclamo contra liquidaciones tributarias por falta de contabilidad fidedigna y documentación de respaldo de operaciones cuestionadas por el SII.
Luis Eduardo Torrejón Cortés, empresario, fue fiscalizado por el SII respecto de operaciones objeto de liquidaciones N°62 a 84 y Resolución Ex. N°26.944. El contribuyente alegó efectividad de operaciones y justificación de fondos, señalando que se trataba de operaciones del giro y que había subcontratado con terceros. El SII cuestionó la falta de antecedentes de respaldo, la efectividad material de las operaciones, la acreditación del pago y la documentación sobre inversiones, específicamente liquidaciones de préstamo sin firma ni timbre.
El tribunal estableció que sobre el contribuyente pesaba la carga de desvirtuar con pruebas suficientes las impugnaciones del SII conforme al artículo 21 del Código Tributario. Conforme al artículo 17 del mismo código, quien debe acreditar renta efectiva debe hacerlo mediante contabilidad fidedigna. El artículo 132 inciso 15 ordena que el juez pondere preferentemente la contabilidad fidedigna cuando la ley la requiera. El tribunal concluyó que la prueba rendida por el contribuyente fue manifiestamente insuficiente, no aportó contabilidad completa ni documentación de respaldo obligatoria, incum
Se rechaza el reclamo y se mantienen firmes las liquidaciones reclamadas. No se condena en costas a la reclamante por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar.
1
TORREJÓN CORTES, LUIS EDUARDO
RUT N° 11.739.925-7
Valparaíso, veintitrés de abril de dos mil quince.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Felipe Alejandro Castro
Poblete, abogado, RUT N° 10.224.020 -0, en representación de don LUIS EDUARDO
TORREJÓN CORTÉ S, empresario, RUT N° 11.739.925 -7, ambos domiciliados en
Camino lo Abarca s/n, comuna de Cartagena, V Región, quien interpuso Reclamo General
Tributario en contra de las Liquidaciones N°s 62 a 84 y Resolución Ex. N°26.944, en virtud
de las siguientes consideraciones:
1. Alega la efectividad de las operaciones cuestionadas y
señala que el origen de los fondos de las inversiones de autos está justificado conforme lo
acreditará oportunamente con la documentación respectivamente emitida.
2. Agrega que se trata de operaciones del giro, las facturas
objetadas cumplen con todos los requisitos en su emisión y que ha prestado servicios a
diferentes empresas habiendo necesitado el concurso de otras para cumplir con las
exigencias comerciales de los clientes, señalando que es absolutamente razonable que
haya tenido que subcontratar con terceros facturando.
3. Conforme todo lo anterior, solicita se deje sin efecto las
actuaciones reclamadas.
A fojas 64 y siguientes compareció doña Érica Morales Lártiga,
Directora Regional del Servicio de Impuestos Internos, en representación de la V
DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , ambas
domiciliadas en Melgarejo N° 669, segundo piso, ciudad de Valparaíso, V Región,
solicitando el rechazo del reclamo en atención a las siguientes consideraciones:
1. Luego de describir la fiscalización de autos, indica que
conforme el artículo 63 del Código Tributario se procedió a emitir la Citación N°2619/45 ,
notificada por cédula al contribuyente.
2. Señala que el contribuyente dio respuesta a la Citación , la
que resultó ser insatisfactoria en cuanto a desvirtuar las irregularidades que se le
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.