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Tribunal · solo Pro
SII con Contratacion Agricola Javier Alejandro Santamaria
Fecha: 20-05-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal confirma infracción por aumento indebido de crédito fiscal mediante facturas falsas. Se sanciona con multa de $13.429.128 equivalente al 200% de lo defraudado.
Contribuyente registró 6 facturas falsas de proveedor Ramón Guzmán Salfate en periodos enero-febrero 2012, aumentando créditos del IVA sin realizar operaciones comerciales. Tres facturas fueron físicamente aportadas por el contribuyente con valores distintos a los verdaderos registrados en contabilidad. El proveedor confirmó no realizar operaciones con el denunciado y que tres facturas nunca fueron emitidas. Perjuicio fiscal comprobado: $6.714.564.
El tribunal confirmó que se cumplen todos los requisitos del artículo 97 N°4 inciso 2°: (a) contribuyente afecto al IVA; (b) maniobra maliciosa tendiente a aumentar créditos indebidos; (c) conducta antijurídica. Se acreditó dolo mediante plena conciencia de ilicitud y conocimiento de falsedad de documentos. Analizadas circunstancias modificatorias del artículo 107: ausencia de reincidencia (atenuante) se compensa con dolo (agravante). Multa fijada en 200% de lo defraudado considerando enriquecimiento indebido y naturaleza de los hechos.
Se confirma Acta de Denuncia. Se aplica multa de $13.429.128 al contribuyente por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario. No se condena en costas. Se ordena cumplimiento administrativo por Director Regional SII.
CAUSA :“S.I.I CON CONTRATACIÓN AGRÍCOLA JAVIER ALEJANDRO SANTAMARÍA” RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Rancagua, A VEINTE DE MAYO DE DOS MIL QUINCE.
VISTOS:
UNO. La presentación de fojas 1, correspondiente a Reservado N° 01 de 20 de enero de 201 5, a través del cual, doña INGRID BRICEÑO MUÑOZ, Directora(S) VI Dirección Regional Rancagua del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, en adelante indistintamente denominado como el “Servicio“, el “SII” o el “Sii” , RUT N°60.803.423 -4, ambos domiciliados en calle Estado N° 154, comuna y ciudad de Rancagua, remite al Tribunal Acta de Denuncia N° 1, de 07 de enero de 2015, y una serie de antecedentes, para efectos de la aplicación de sanciones --conforme al procedimiento previsto en el artículo 161 del Código Tributario -- al contribuyente CONTRATACIÓN AGRÍCOLA JAVIER ALEJANDRO SANTAMARÍA VÁSQUEZ EIRL , RUT N° 76.188.508-1, por haber incurrido en la infracción contemplada en el artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario, consistente en el aumento indebido del crédito fiscal imputado contra el impuesto a las Ventas y Servicios que debió declarar y pagar en los meses de enero y febrero de 2012 , el que se verificó mediante el registro y declaración de 6 facturas falsas en su libro de compra y ventas y en el Formulario 29 respectivamente. En el mismo Reservado se indica, que la referida Acta fue notificada mediante Formulario N°3300, Folio N°1453048 con fecha 07 de enero de 2015, lo que se confirma con el documento acompañado a fojas 6, que corresponde a d icho formulario.
El contenido del Acta es el que resumidamente se expone a continuación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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