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Tribunal · solo Pro
VILLARROEL RAMIREZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 13-07-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones de impuestos por omisión de ingresos en servicios prestados a agentes retenedores, acreditados con facturas y declaraciones de estos agentes.
Luis Alfredo Villarroel Ramírez, contratista de obras, fue fiscalizado por el SII en 2014 por los años tributarios 2011, 2012 y 2013. El SII determinó que el contribuyente omitió contabilizar y declarar ingresos por servicios prestados a Constructora LOGA S.A. y Constructora V&V, quienes emitieron facturas de compra con retención total de IVA. El SII acreditó los ingresos omitidos mediante las declaraciones juradas F-3500 de los agentes retenedores, sus facturas de compra y comprobantes de pago. El contribuyente aportó solo parcialmente la documentación requerida en la notificación Nº57203 y n
El tribunal estima que los ingresos omitidos están debidamente acreditados por las declaraciones juradas de los agentes retenedores, las facturas de compra emitidas y los comprobantes de pago, conforme al artículo 29 de la LIR que define ingresos brutos. El cambio de sujeto de IVA operó conforme al artículo 3 inciso III de la Ley del IVA, requiriendo que los agentes retenedores emitieran facturas de compra. El tribunal concluye que el contribuyente omitió registrar estos ingresos en libros, contabilidad y declaraciones mensuales, constituyendo omisión de ingresos tributables. Los agregados a l
Se acoge parcialmente el reclamo, anulándose las liquidaciones Nº28379 por Impuesto Global Complementario del mes de abril 2013, pero rechazándose el rechazo a las liquidaciones por ingresos omitidos (Conceptos A y B) y reintegro, confirmándose la mayor parte de las liquidaciones impugnadas.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACA
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
LUIS ALFREDO
VILLARROEL RAMÍREZ
RUT 6.177.088-7
Iquique, trece de julio del dos mil quince.
VISTOS:
A fs. 1 comparece don ROBERTO BAEZ CASTILLO, Rut N°14.107.590-K, Abogado, domiciliado en calle Serrano N°389, oficina N°1006, comuna de Iquique, en representación de don LUIS ALFREDO VILLARROEL
RAMÍREZ, Rut N°6.177.088-7, empresario, contratista de obras menores, en procedimiento general de reclamación tributaria, quien reclama en contra de las Liquidaciones N°s 28.381 a la N° 28.384, cuya copia corre a fs. 15 y siguientes, por un monto neto de $76.795.926.-, de fecha 29 de agosto de 2014, notificada por cédula en esa misma fecha, emitida por el fiscalizador don VÍCTOR ORELLANA
SOTO, la Jefe de Grupo doña ENID BRAVO ROJAS y el Jefe de Departamento de Fiscalización don ISRAEL FERNÁNDEZ MAUREIRA, todos de la PRIMERA
DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DE IQUIQUE, debido a que las liquidaciones causan agravio a su parte y son contrarias a derecho y adolecen de vicio y error manifiesto, solicitando que se anulen y dejen sin efecto, fundado en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho que pasa a exponer:
I. ANTECEDENTES PREVIOS DE LA FISCALIZACIÓN Y DE LA LIQUIDACIÓN: 1
Con fecha 23 de enero de 2014 se practicó a su representado por parte del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, en adelante el SERVICIO Notificación Nº57203 bajo el programa denominado “Auditoría a los Ingresos Brutos”, para la revisión del año comercial 2010, 2011 y 2012, correspondientes a los Años
Tributarios (AT*)1 2011, 2012 y 2013, respectivamente, en cuyo alcance se estableció de acuerdo a lo que señala el fiscalizador en la liquidación, la revisión de todos los ingresos percibidos o devengados por el contribuyente.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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