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Tribunal · solo Pro
SK Comercial S.A. con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 30-12-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Óscar Meriño Maturana
OTRO
Tribunal rechaza en gran medida reclamo de SK Comercial contra liquidaciones por impuesto a la renta AT 2009-2011, confirmando rechazo de deducciones de intereses bancarios, intereses entre relacionadas y otros gastos por falta de acreditación fehaciente conforme art. 31 LIR.
SK Comercial S.A. declara pérdidas tributarias AT 2009-2011 e intereses a pagar. SII emite Citación N°13 (26 mar 2012) requiriendo acreditación de deducciones. Reclamante acompaña documentación; SII emite Liquidaciones N°39-46 (9 may 2012) rechazando intereses bancarios, intereses entre relacionadas, gastos varios, valoraciones y otras partidas. Reclamante obtiene acogida parcial en RAF (31 ago 2012) y Reposición (23 nov 2012). Reclama ante Tribunal.
Tribunal estima procedente que contribuyente acredite gastos con documentación más allá de plazo de prescripción si el gasto se deduce en período fiscalizado. Rechaza alegación de que SII extendió arbitrariamente requisitos. Respecto intereses bancarios: si bien acredita existencia y pago de créditos, falta documentación contable que verifique destino a refinanciamiento de pasivos anteriores y cierre de cuentas pagadas. Para intereses entre relacionadas: faltan libros mayores que acrediten contabilización y que créditos generaron rentas 1ª categoría. Gastos varios, valoraciones EE.RR. y présta
Acoge en parte: confirma Liquidaciones N°40, 42-46. Modifica Liquidaciones N°39 y 41 (AT 2009) rebajando Base Imponible 1ª Categoría a $1.568.011.906 por pérdida arrastre AT 2008 ($85.485.363). Rechaza demás pretensiones. Sin condena en costas.
N
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A TREINTA DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.
VISTOS:
El escrito de fecha 19 de diciembre de 2012, rolante fojas 1 a 30 de autos, ingresado a este Tribunal en virtud del ejercicio del derecho de opción contemplado en la Ley N*20.752 con fecha 29 de octubre de 2014, presentado por don PABLO EGUIGUREN TAGLE, RUT N*6.379.540-2, en representación de la sociedad SK COMERCIAL S.A., RUT N*84.196.300-8, ambos domiciliados para estos efectos en Panamericana Norte KM 15 Ya S/N, comuna de Lampa, Santiago, mediante el cual interpone reclamo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de las Liquidaciones N*39 a 46, todas de fecha 9 de mayo de 2012, emitidas por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SIT), solicitando sean dejadas sin efecto.
En resumen indicó que las Liquidaciones reclamadas fueron emitidas en base a la Citación N*13 de 26 de marzo de 2012 mediante la cual el SII les solicitó la rectificación, aclaración, ampliación o confirmación de la Declaración Anual de Impuesto a la Renta correspondiente a los años tributarios (en adelante AT) 2009, 2010 y 2011, contenida en el Formulario N*22, Folios N*99407039, N*1013946090 y N*101725111, respectivamente.
Sostuvo que el SII específicamente solicitó la acreditación de la pérdida tributaria declarada y la procedencia de ciertas deducciones efectuadas en la determinación de la Renta Líquida Imponible (en delante RLI) de los ejercicios cuestionados. Agregó que concurrieron a los requerimientos del Servicio aportando la mayor parte de los antecedentes solicitados, desplegando en todo momento una actitud colaborativa y facilitadora de los antecedentes requeridos. No obstante lo anterior el Servicio estimó que su representada no acreditó la totalidad de las deducciones efectuadas en la determinación de la PENE
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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