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Tribunal · solo Pro
Barahona García con SII
Fecha: 16-02-2016 · Materia: Tasación general bien raíz agrícola · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
RECHAZAAvalúo +100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de avalúo de bien raíz habitacional por falta de fundamento legal; causal invocada es aplicable solo a predios agrícolas.
Humberto Barahona García, propietario de inmueble ubicado en Los Castaños N°1131, Machalí, reclama el reavalúo del predio Rol N°155-084 realizado por el SII. El terreno de 2.337 m² fue tasado en 2006 a 0,29 UF/m², y en el reavalúo de 2014 se determinó en 0,63 UF/m², incrementando las contribuciones en 67% del terreno. El reclamante alega que el predio carece de acceso directo a calle, presenta desnivel de 2,2 metros respecto de la vía pública y requeriría planta de elevación para evacuación de aguas servidas, lo que justificaría rebaja en la tasación.
El tribunal determina que la causal invocada por el reclamante (artículo 149 N°4 del Código Tributario), relativa a inclusión errónea del mayor valor adquirido por terrenos con ocasión de mejoras costeadas por particulares, es aplicable únicamente a predios agrícolas conforme al artículo 8° de la Ley N°11.575. El inmueble materia del reclamo es un bien no agrícola de destino habitacional, reavaluado conforme a la Ley N°20.455, Ley N°20.650 y Resolución Exenta N°108 de 2013. La prueba rendida no acredita la realización de mejoras en los términos de ley, empleando el reclamante lenguaje condicio
Se rechaza el reclamo en todas sus partes y se confirma el avalúo de $111.378.492 determinado por el SII para el Rol N°155-084. Se condena expresamente en costas al reclamante por carecer de motivo plausible para litigar.
CAUSA : “BARAHONA GARCÍA CON SII”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Rancagua, DIECISÉIS DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISÉIS.
VISTOS:
UNO. La Presentación de fojas 1, de 10 de octubre de 2014, por medio de la cual don HUMBERTO ALFREDO BAR AHONA GARCIA, RUT:7.186.915-6, Ingeniero Comercial, domiciliado en Los Castaños 1131, Mirador de Nogales comuna de Machalí, deduce reclamación especial del párrafo primero, titulo tercero del Libro tercero del Código Tributario, en contra del Avalúo asignado por el Servicio de Impuestos Internos al bien raíz de mi propiedad: Rol de Avalúo N° 155 -084, de la Comuna de Machalí cuya exhibición concluyó el 30 de Abril de 2014, cuyo objeto es obtener la rebaja sustancial de la tasación asignada al inmueble, sobre la base de las argumentaciones de hecho y de derecho que resumidamente se exponen.
Indica el actor, que es propietario del inmueble ubicado en Los Castaños N°1131, correspondiente a l LOTE A -DOS de la subdivisión del Lote Número Cuarenta y Uno de la Hijuela Dos de la Reserva del Resto de la Hijuela Los Nogales de la Sanchina, ubicado en la comuna de Machalí.
Agrega que, según consta de la copia de la inscripción de dominio de la propiedad, inscrita a fojas 7076 vuelta N° 5784 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 2005, dicho terreno en que se edificó el inmueble fue comprado a don Michel Pierre Ducrot en la suma de $8.500.000.
Manifiesta que m ediante Resolución Exenta N° 829 del 18 de Mayo de 2006, el Servicio tasó la propiedad en 0,29 UF el metro cuadrado.
Señala que con el nuevo avalúo efectuado por el Servicio , este tasó el total de propiedad en $ 108.661.943 y específicamente el terreno se tasó en $ 34.251.072, equivalente a 1469,21 UF, con un valor unitario de 0,63 el metro cuadrado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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