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Tribunal · solo Pro
Cortes Ossandon con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 28-03-2016 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra reliquidación de IGC 2012: rechaza prescripción, pero ordena rebajar inversiones injustificadas, eliminar diferencia inexistente y deducir retenciones de honorarios.
Magaly Cortés Ossandón reclamó contra Reliquidación N°34 del SII (noviembre 2015) que determinó diferencia de IGC por $40.095.503 al 30 de abril 2012. El SII cuestionó honorarios declarados, retenciones y origen de fondos de inversión inmobiliaria por $86.095.511 en departamento, estacionamiento y bodega del Edificio Urbano Plus. Alegó prescripción por no notificación de Citación N°122300046 de julio 2014. Posteriormente presentó reposición administrativa que fue acogida parcialmente mediante Resolución Exenta N°54991.
El tribunal rechazó la prescripción considerando que la citación se ajustaba a plazo legal, que las actuaciones centralizadas guardan relación intrínseca, y que la reclamante se acogió a reposición administrativa. En cuanto al fondo, acogió parcialmente la reclamación: reconoció que pagos de 2010 no pueden imputarse a 2012 (rebaja $55.359.688), eliminó la diferencia inexistente sin base legal ($4.652.026), rechazó beneficio art. 55 bis por exceso de base imponible (superior a 150 UTA), y acogió deducción de retenciones de honorarios por $4.856.226 que el SII omitió.
Se rechaza alegación de prescripción. Se acoge parcialmente el reclamo ordenando al SII reliquidar el IGC 2012: rebajar inversiones de 2010 por $55.359.688, eliminar diferencia inexistente de $4.652.026, y deducir retenciones de honorarios por $4.856.226. Se mantiene el resto de la reliquidación. Sin condena en costas.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RECLAMANTE : Magaly del Rosario Cortés Ossandón.
RECLAMADO : Servicio de Impuestos Internos.
MATERIA : Procedimiento General de Reclamación.
Antofagasta, a veintiocho días del mes de marzo de dos mil dieciséis.
VISTOS:
A fojas 37, comparece don Juan Álvaro Salas Santander , abogado, cédula nacional de identidad N° 13.419.689-0, con domicilio en Antofagasta, calle Prat N° 482 Oficina N° 401, en representación de doña Magaly del Rosario Cortés Ossandón, RUT N° 8.151.930 -7, secretaria y socia de empresas, con domicilio en calle Travesía del Mirador N° 03063, Jardines del Sur, de la ciudad de Antofagasta; quien en Lo Principal de su presentación, alega la prescripción de la facultad fiscalizadora del Servicio de Impuestos Internos, solicitando se acoja la prescripción alegada y en consecuencia , se declare prescrita la facultad fiscalizadora del Servicio de Impuestos Internos por medio de la cual procedió a efectuar reliquidación N° 34, lo anterior según los antecedentes de hecho y de derecho que resumidamente se exponen.
A) Antecedentes de Hecho.
Sostiene la reclamante, que con fecha 30 de julio del año 2014, el Servicio de Impuestos Internos indica haber emitido la Citación N° 122300046, la cual hasta la fecha, no le ha sido notificada. Agrega, que tras consultar en el Servicio de Correos de Chile, por la citación antes indicada, cuyo código de barra es el N° 9950971108469, la respuesta fue que no existiría tal citación. Hace presente, que la Reliquidación N°34 tiene por origen y sustento, la Citación N° 122300046, la cual alega su inexistencia.
La reclamante, señala que el Servicio de Impuestos Internos determinó una diferencia de Impuesto Global Complementario por la suma de $40.095.503, al 30 de abril de 2012, que actualizada al 30 de noviembre de 2015, arroja la suma de $74.663.440.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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