Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
Sociedad Construcciones Labarca Limitada con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 15-04-2016 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de empresa constructora contra liquidación de $13.698.865 por costos no acreditados del año 2010 reclasificados en 2012. Desestima prescripción y devolución de pagos provisionales.
Sociedad Construcciones Labarca Limitada fue fiscalizada por AT 2012. El SII emitió Liquidación N°22 de 05/08/2015 rechazando $99.538.674 por saldo inicial de cuenta Obras en Ejecución proveniente de AT 2010, determinando impuesto adicional de $13.698.865. La empresa había solicitado devolución de $10.472.626 por PPUA. Alegó prescripción por falta de citación en AT 2010 y error contable en la reclasificación de activo como costo.
El Tribunal resolvió que la Liquidación se ajusta a derecho. Respecto a prescripción: la citación fue por AT 2012 (plazo iniciado 01/05/2011-01/05/2014), y aunque el costo proviene de AT 2010, fue reclasificado durante AT 2011, por lo que se fiscalizó oportunamente. En cuanto al fondo: la empresa no acreditó fehacientemente que el saldo inicial de Obras en Ejecución ($99.538.674) se destinara directamente a producción de ingresos de AT 2011. Faltó documentación de contratos, ventas y naturaleza de obras. Sin costo válido, no existe pérdida tributaria que justifique devolución de PPUA conforme
Se rechaza excepción de prescripción. Se desestiman reclamos en todas sus partes. Se deja firme Liquidación N°22 de 05/08/2015. No se condena en costas por motivo plausible para litigar.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RECLAMANTE : Sociedad Construcciones Labarca Limitada.
RECLAMADO : Servicio de Impuestos Internos.
MATERIA : Procedimiento General de Reclamación.
Antofagasta, a quince días del mes de abril de dos mil dieciséis.
VISTOS:
A fojas 72, comparece doña Alexandra Núñez Páez , abogado, cédula nacional de identidad N° 15.825.623-1, domiciliada para estos efectos en Pasaje El Volcán N° 9825 Sierra Nevada, comuna de Antofagasta, en representación de la Sociedad Construcciones Labarca Limitada , RUT N° 76.976.390 -2, con domicilio en Avenida La Paz N° 1447, Lote 4-A, de la ciudad de Calama, quien, en lo Principal de su presentación, alega la prescripción de la totalidad de las partidas y elementos que componen la Liquidación N° 22, del 05 de agosto de 2015 , lo anterior según los antecedentes de hecho y derecho que se exponen.
Señala, que el artículo 136° del Código Tributario dispone que el Tribunal Tributario y Aduanero tiene la facultad de anular los rubros del acto administrativo que correspondan a revisiones efectuadas fuera de los plazos de prescripción.
Por otra parte, establece que el vocablo “rubro”, en Chile, hace referencia a un conjunto de entidades con determinadas características en común.
Además, indica que la Liquidación N°22, del 05/08/2015, tiene como único rubro el “Costo
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.