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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES VALCAN LIMITADA con SII
Fecha: 19-04-2016 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de INVERSIONES VALCAN LIMITADA contra denegación de devolución de PPUA por año 2012, por falta de acreditación de pérdida tributaria en inversiones en fondos mutuos e inversión exterior.
La reclamante presentó declaración anual de impuestos a la renta del año tributario 2012 solicitando devolución de $293.941.803 por Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas (PPUA), informando pérdida tributaria de $1.729.069.428. El SII realizó fiscalización con observaciones F51 y F77, requiriendo acreditación de la pérdida. Con fecha 07/05/2013, el SII emitió Resolución N° EX. 3946 denegando en parte la devolución solicitada, fundándose en que la pérdida se originaba principalmente en cuentas de "intereses ganados inversión exterior" e "intereses ganados fondos mutuos" cuyos antecedente
El tribunal analizó si correspondía dejar sin efecto la resolución reclamada y si era procedente la devolución solicitada. Determinó que durante la fiscalización la reclamante aportó documentación insuficiente para acreditar los resultados de pérdida en las cuentas cuestionadas. Rechazó el argumento de que el SII no puede ir contra sus propios actos, señalando que las declaraciones tienen carácter provisorio y revisable conforme a los artículos 25, 59 y 200 del Código Tributario. Respecto al Oficio N° 6235 invocado, el tribunal estimó que no analiza específicamente el tratamiento de pérdidas r
Se rechaza íntegramente el reclamo interpuesto por INVERSIONES VALCAN LIMITADA contra la Resolución N° EX. 3946 de 07/05/2013, confirmándose esta resolución. Se condena en costas a la parte reclamante.
“INVERSIONES VALCAN LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS” RIT N° : Rol · solo Pro
RUC N° : Rol · solo Pro
Santiago, diecinueve de abril de dos mil dieciséis.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don David Sebastián Lagos Fernández, abogado, en representación de INVERSIONES VALCAN LIMITADA , Rol Único Tributario N° 76.153.380-0, ambos domiciliados en Alcántara N°200, oficina 502, comuna de Las Condes, quien, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo en contra de la Resolución N° EX. 3946, de fecha 07 de mayo de 2013 y notificada con fecha 08 de mayo de 2013, emitida por el 2° Departamento de Fiscalización de Medianas y Grandes Empresas de la XV D.R.M.S. Oriente del Servicio de Impuestos Internos.
En el capítulo I de su libelo de reclamo , relativo a antecedentes, explica que el Servicio de Impuestos Internos puso en conocimiento de su representada dos observaciones respecto de su declaración anual de impuesto a la renta correspondiente al año tributario 2012: Observación F51 (declaración seleccionada a objeto de ser verificada previamente); y, Observación F77 (declaración seleccionada a objeto de revisar el crédito de primera categoría declarado en código 167 del formulario 22, por pago provisional por utilidades absorbidas).
Expone que frente a dichas observaciones y otras notificaciones efectuadas por el organismo fiscalizador, su representada dio cumplimiento, acompañando los antecedentes que detalla. Expresa que al no tener por acreditada la pérdida tributaria, el S II entiende que no se cumplieron los presupuestos que hacen procedente la devolución de PPUA.
Indica que posteriormente en la parte resolutiva el SII deniega en parte la d evolución solicitada a través del F ormulario 22 de declaración anual de impuesto a la renta , Folio N°234834762, cuyo monto declarado en Código 167 retenido alcanza la cantidad de $293.941.803.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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