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Tribunal · solo Pro
SKY BOMBAS DE HORMIGON SPA con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 28-06-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acogió reclamo de Sky Bombas contra liquidación de $45M por diferencia de Primera Categoría AT 2011, concluyendo que la empresa demostró con contabilidad completa que generó pérdida tributaria y que no había ingresos subdeclarados.
Sky Bombas adquirió el 100% de acciones de Seceyco el 2 de julio de 2010, lo que generó su disolución legal. El SII emitió liquidación por diferencia de impuesto de Primera Categoría AT 2011 por $45.055.670, alegando ingresos subdeclarados (código A08). Sky Bombas presentó declaración de término de giro con balances y documentación contable al SII el 17 de mayo 2011. El 14 de diciembre 2011 se envió carta requerimiento de antecedentes, pero sin evidencia de notificación efectiva. Sky Bombas demandó nulidad de la liquidación.
El Tribunal concluyó que: (1) la acción de nulidad de derecho público no es competencia de los tribunales tributarios sino civiles; (2) la citación es facultativa en este caso, no obligatoria; (3) analizando la prueba documental y testimonial, consta que Sky Bombas registró ingresos totales de $145.963.471 en el balance acumulado junio 2010, no los $164.139.832 alegados por SII; (4) los gastos y costos declarados ($251.707.319) se encontraban correctamente registrados en libros, respaldados por documentación y cumplían requisitos del artículo 31 LIR; (5) la pérdida tributaria de arrastre de $1
Se acogió el reclamo. Quedó sin efecto la Liquidación N°114000000151 de 16 de diciembre 2013 emitida por SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOSe. No se condenó en costas por existir motivos plausibles para litigar.
D
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS.
VISTOS:
El escrito de fecha 25 de abril de 2014, rolante a fojas 1 a 28 de autos, presentado por don JUAN CRISTOBAL RECART SALAS, RUT
N*13.027.325-4, domiciliado para estos efectos en Calle Los Militares N*5885, oficina 406, Comuna de Las Condes, en representación de la empresa SKY BOMBAS DE HORMIGON SpA, RUT N*78.737.390-9, domiciliada para estos efectos en calle Cerro Portezuelo N*9871-B, Comuna de Quilicura, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Liquidación N*114000000151, de fecha 16 de diciembre de 2013, mediante la cual se determinó diferencias de Impuesto de Primera Categoría para el Año Tributario (en adelante AT) 2011, por un total de $45.055.670.- (cuarenta y cinco millones cincuenta y cinco mil seiscientos setenta pesos) fundado en que la reclamante no aportó los antecedentes suficientes o necesarios que permitieran solucionar las observaciones de su declaración de renta.
En su reclamo el contribuyente sostiene, en síntesis, que por escritura pública de fecha 24 de julio del año 2008 se constituyó la sociedad denominada “Seceyco S.A.” del giro de bombeo de hormigón.
Indica que mediante instrumento privado de fecha 2 de julio del año 2010, la sociedad “Servicios en Cemento y Concreto Limitada”, hoy “Sky Bombas de Hormigón SpA”, adquirió el 100% de las acciones en que se dividía el capital de Seceyco.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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