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Tribunal · solo Pro
BURGOS BASCUÑAN con SII
Fecha: 09-09-2016 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT
RECHAZA
Tribunal rechaza reclamación contra infracción por pérdida no fortuita de libros contables. Confirma sanción de 1 UTA por negligencia en custodia de documentación tributaria.
Walter Burgos Bascuñán denunció ante el SII la pérdida de libros de contabilidad (Balance, FUT y Americano) el 09.09.2015. Según alegó, su contadora sufrió robo del vehículo con los documentos en la población José María Caro. El contribuyente interpuso denuncia en Carabineros y Fiscalía. El SII notificó infracción el 14.12.2015 calificando la pérdida como no fortuita y grave. El reclamante alegó que poseía 70% de discapacidad y que la contadora llevaba los documentos a su domicilio.
El tribunal establece que para configurar caso fortuito debe acudirse al artículo 45 del Código Civil, requiriendo que sea imprevisible e irresistible. El contribuyente tiene obligación de conservar documentación tributaria en su establecimiento según artículo 17 del CT. El reclamante no aportó prueba que acredite haber adoptado medidas adecuadas de resguardo. Dejar libros de contabilidad en vehículo estacionado en vía pública sin seguro denota negligencia. No se acreditó que quien perdió fuera efectivamente contadora. El SII correctamente calificó pérdida como no fortuita basándose en falta d
Se rechaza reclamación y confirma infracción del artículo 97 N°16 del Código Tributario. Se aplica multa de $551.988 equivalente a 1 UTA de septiembre 2016. No se condena en costas al reclamante por haber tenido motivos plausibles para litigar.
“BURGOS BASCUÑAN CON SERVICIO DE IMPUESTO S INTERNOS XVI DR
SANTIAGO SUR”.
RUC N°: Rol · solo Pro.
RIT N°: Rol · solo Pro.
Providencia, a nueve de septiembre de dos mil dieciséis.
VISTOS:
El escrito de 16.12.2016, rolante a fs. 13, por el cual comparece don WALTER
ANTONIO BURGOS BASCUÑÁN, RUT N° 8.777.348-5, Doctor en aparatología estética y terapéutica, en representación de Walter’s Imp. Exp. Com. Dist. Mant. Insumos Elect. , domiciliado en pasaje San Rafael N° 01224. Comuna de Puente Alto, quien deduce acción en Procedimiento Especial de Aplicación de Ciertas Multas contemplado en el Título III del Libro Tercero del Código Tributario, en contra de l acta denuncia de Infracción N° 25091529, de fecha 14.12.2015, emitida por SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XVI DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO SUR representado legalmente por don MIGUEL ÁNGEL ILUFFI CUEVAS, Director de la XV I Dirección Regional Sur, según Resolución SII TRA N° 246/1750/2015, de 30.10.2015, ambos domiciliados en calle Ramón Subercaseaux N° 1273, Comuna de San Miguel, Región Metropolitana, mediante la cual se le notificó la comisión de la infracción contemplada en el N° 16 del artículo 97 del Código Tributario, que consistente en “Pérdida de libros contables No fortuita y de carácter grave”.
Rolan en autos:
A fs. 1 a 18, comprobante de distribución, escrito de reclamo y documentos adjuntos, consistentes en: copia de acta denuncia de infracción N° 25091529, de fecha 14.12.2015; Fotocopia simple de certificado por pérdida e i nutilización de documentos; Fotocopia simple de documentos correspondientes a denuncia presentada ante la Fiscalía; escrito de reclamo; resolución previo a proveer; testimonio de notificación; escrito de la parte reclamante mediante el cual cumple con lo ordenado; resolución que tiene por cumplido lo ordenado, provee derechamente el reclamo y confiere traslado al Servicio de Impuestos Internos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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