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Tribunal · solo Pro
CIA. DE INVERSIONES TRANSOCEANICA S.A. con SII
Fecha: 21-11-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación que rechazó pérdida de arrastre por $4.286.465.489, originada en indemnización por sentencia arbitral, por no constituir gasto necesario para producir renta.
Compañía de Inversiones Transoceánica S.A. declaró pérdida tributaria en el año 2012 incluyendo pérdida de arrastre de $4.286.465.489 originada en obligación de reembolso a terceros que pagaron sus deudas bancarias en 1986. Esta obligación fue fijada en sentencia arbitral de 2003 en UF 729.096,42 y parcialmente pagada mediante capitalización de pasivos en 2004. El SII rechazó la deducción de la pérdida de arrastre por no estar acreditada fehacientemente, emitiendo liquidación por $536.471.083 de impuesto adeudado.
La deducción de gastos, conforme artículo 31 de la LIR, requiere que sean necesarios para producir renta, no estén rebajados como costo directo, se encuentren adeudados o pagados, y sean acreditados fehacientemente. Las pérdidas de ejercicios anteriores deben acreditarse fehacientemente y relacionarse con el giro del negocio. La jurisprudencia de la Corte Suprema establece que indemnizaciones pagadas por sentencia judicial por incumplimiento contractual, si bien son obligatorias, no constituyen gastos necesarios para producir renta. La pérdida invocada, originada en condenación por daño emerge
Se rechaza íntegramente el reclamo y se confirma la Liquidación N°13917 de 07 de mayo de 2013. Se exime del pago de costas a la parte reclamante por haber tenido motivo plausible para reclamar. Cada parte paga sus propias costas.
“COMPAÑÍA DE INVERSIONES TRANSOCEANICA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Santiago Oriente”
RIT N° Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis.-
VISTOS:
En su libelo de lo principal de fojas 1, rectificado a fojas 58 y 61, comparece don José Jara Gutiérrez, abogado, RUT N°8.710.312-9, en representación de COMPAÑÍA DE INVERSIONES TRANSOCEÁNICA
S.A., RUT N° 91.888.000-3, de giro inversiones, compra, venta y alquiler de inmuebles , ambos domiciliados en Avda. Vitacura N° 2902, Oficina 1404, Comuna de Vitacura , Región
Metropolitana , quien , conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario , interpone reclamo en contra de la Liquidación N°13917, emitida con fecha 7 de mayo de 2013, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, solicitando dejarla sin efecto, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos: En el capítulo I de su libelo de reclamo, relativo a los hechos, explica que, en su declaración anual de impuesto a la renta del año tributario 2012, la reclamante declaró una pérdida tributaria, que incluyó la de años anteriores. Agrega que el Servicio cuestionó la pérdida de arrastre y la pérdida del ejercicio y rechazó la devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas con pérdidas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
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