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Tribunal · solo Pro
SII con MEDINA MARTÍNEZ
Fecha: 22-11-2016 · Materia: Artículo 100 del CT · Juez: Francisco Javier Orellana Rivera
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal condena a contadora por falsedad y actos dolosos en declaraciones de IVA de sus clientes, adulterando formularios 29 y libros de contabilidad entre 2013-2014, aplicando multa de 10 UTA.
María Josefina Medina Martínez, contadora, fue denunciada por el SII por incurrir en falsedad y actos dolosos en el ejercicio de su profesión. Entre septiembre de 2013 y septiembre de 2014, adulteró formularios 29 de sus clientes Jingheng Guo, Restaurant Kunfo Dos Ltda. y Xiufang Li, sub-declarando IVA, y falsificó cifras en los libros de contabilidad de otros clientes. Reconoció en declaración jurada ante el SII que alteró formularios pagando menos en el banco y agregando números falsamente, apropiándose de aproximadamente $25.000.000. El perjuicio fiscal ascendió a $11.958.227.
El tribunal estableció que siendo el Órgano Administrativo quien persigue la sanción, la carga probatoria corresponde al SII. Para la infracción del artículo 100 deben concurrir actos dolosos o falsedad. Se constató que la denunciada, con pleno conocimiento de sus obligaciones tributarias por su experiencia profesional, ejecutó maliciosamente las conductas imputadas. No existía declaración firmada de los contribuyentes en los libros de contabilidad que acreditara que los asientos correspondían a datos proporcionados por ellos. El tribunal consideró como agravantes: el conocimiento de obligacio
Se confirmó el Acta de Denuncia por infracciones al artículo 100 del Código Tributario. Se aplicó multa de 10 UTA equivalente a $5.530.920. Se ordenó girar la multa por el SII al ejecutoriarse la sentencia. Se ofició al Colegio de Contadores para sanciones disciplinarias.
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MARÍA JOSEFINA MEDINA MARTÍNEZ
RUT N° 13.546.699-9
Valparaíso, veintidós de noviembre de dos mil dieciséis
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció doña Teresa Conejeros Peña, Directora Regional del Servicio de Impuestos Internos, en representación de la V DIRECCIÓN REGIONAL VALPARAÍSO DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , ambas domiciliadas en Melgarejo N° 669, segundo piso, ciudad de Valparaíso, V Región, quien remitió Acta de Denuncia Nº 3, de 6 de octubre de 2016, más antecedentes que indica, mediante la que se imputa a la contribuyente MARÍA JOSEFINA MEDINA MARTÍNEZ, RUT N° 13.546.699-9, con Giro de Actividades de Contabilidad, Teneduría de Libros y Auditoría, Asesoramientos Tributarios, domiciliada en El Molo N° 15, Oficina N°2, Barrancas, ciudad de San Antonio, V Región, haber incurrido en la infracción descrita y sancionada en el artículo 100 del Código Tributario, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Señala que en FISCALIZACIÓN de antecedentes efectuada por el Servicio de Impuestos Internos, se detectó que la denunciada, en a lo menos 13 períodos tributarios mensuales, comprendidos entre septiembre de 2013 y septiembre de 2014, procedió, en su calidad de contadora de los contribuyentes Jingheng Guo, RUT 22.537.307-8, Restaurant Kunfo Dos Ltda., RUT 78.812.560 -0 y Xiufang Li, RUT 14.758.241-2, a sub -declarar los Impuestos al Valor Agregado (IVA), que les correspondía pagar a éstos, adulterando las “copias contribuyentes” de los respectivos Formularios 29, para evitar que sus clientes se percataran de la falsedad de la declaración que presentaba en el Formulario 29 original ante la entidad recaudadora, con un impuesto inferior al debido.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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