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Tribunal · solo Pro
SII con BANDO SALAZAR
Fecha: 12-07-2019 · Materia: Artículo 100 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA Ha Lugar
Condena a contadora por confeccionar facturas electrónicas falsas sin autorización del emisor, infringiendo artículo 100 del Código Tributario.
Katia Lorena Bando Salazar, contadora a cargo de la contabilidad del contribuyente Valentín Segundo Marín García, confeccionó e imprimió cuatro facturas electrónicas falsas (números 3, 4, 6 y 7) con membrete del contribuyente, sabiendo que este carecía de autorización para emitir facturas electrónicas. Las facturas fueron entregadas a compradores (Agrícola Pilpilco Limitada y Comercializadora de Maderas Juan Enrique Conejeros Gallardo), quienes desconocían su falsedad. El perjuicio fiscal ascendió a $2.573.213.
El Tribunal constata que la denunciada fue notificada del acta de denuncia N° 25/2018 del 23 de noviembre de 2018 y no presentó descargos en los plazos legales. La conducta configura la infracción del artículo 100 del Código Tributario por confección de documentos tributarios falsos. La denunciada reconoció en declaración jurada ante el Servicio su participación directa como autora. No resulta aplicable el artículo 97 N° 4 del Código Tributario, toda vez que las facturas carecían de emisión desde la aplicación del Servicio, certificado digital y validez electrónica. Concurre la agravante del a
Se acoge la denuncia y condena a Katia Lorena Bando Salazar por infracción al artículo 100 del Código Tributario, por confeccionar y facilitar facturas electrónicas falsas.
Temuco, doce de julio de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 1, rola acta de denuncia N° 25/2018, cursada por el Servicio de Impuestos Internos el 23 de noviembre de 2018 y notificada p ersonalmente el 27 de noviembre del mismo año a doña KATIA LORENA BANDO SALAZAR, cédula de identidad N° 13.115.719-3, con tadora, con domicilio en calle Antonio Varas N° 687, oficina 407, Temuco , por su responsabilidad en la comisión de la infracción descrita y sancionada en el artículo 100 del Código Tributario, configurada por el hecho que en su calidad de encargada de la contabilidad del contribuyente Valentín Segundo Marín García, R UT 3.397.726-8, confeccionó y facilitó a éste cuatro facturas falsas con los números 3, 4 , 6 y 7 con membrete del contribuyente y simulando s er documentos emitidos electrónicamente en conocimiento de que dicho contribuyente no tenía autorización para emitir facturas electrónicas.
I.- Antecedentes del procedimiento de fiscalización:
Señala el acta de denuncia que en el marco de las actividades de fiscalización propias del Servicio, se efectuó una revisión a la contribuyente Agrícola Pilpilco Limitada, relacionada con una solicitud de devolución de IVA crédito fiscal en su calidad de exportador, requiriéndosele antecedentes tributarios y contables de los períodos septiembre de 2016 a agosto de 2017, de cuya revisión se detecta ron facturas falsas supuestamente emitidas en forma electrónica incorporadas manualmente a la información electrónica de compras, por lo que se ampl ió la revisión. De los antecedentes aportados por el contribuyente revisado se detectó el registro y declaración de crédito fiscal del IVA de tres facturas falsas , números 3, 6 y 7, de fechas 31 de mayo y 27 de octubre de 2016 y 20 de marzo de 2017, respectivamente, del contribuyente Valentín Segundo Marín García .
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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