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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD MARITIMA DE INVERSIONES S.A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 11-01-2017 · Materia: Resolución
RECHAZA+1.000M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Sociedad Marítima de Inversiones contra denegación de devolución de PPUA por $1.629.993.833, confirmándose que pérdidas en venta de acciones deben deducirse de ingresos no constitutivos de renta conforme art. 107 LIR.
Sociedad Marítima de Inversiones S.A. declaró pérdida tributaria de $9.642.777.251 en AT 2012 y solicitó devolución de PPUA por $1.629.993.833. La pérdida provenía principalmente de venta de 84.251.634 acciones de Compañía Sudamericana de Vapores S.A. a precio de $305,5 por acción. SII rechazó la devolución mediante Resolución Ex. 17.200 Nº45/2013 de 23 abril 2013, argumentando que la pérdida debía deducirse de ingresos no constitutivos de renta conforme artículo 107 N°5 LIR, no del régimen general.
El tribunal analiza la carga probatoria establecida en artículo 21 CT, conforme al cual corresponde al contribuyente probar la naturaleza y monto de operaciones. Examina artículo 107 LIR que determina que mayores valores en enajenación de acciones de sociedades anónimas abiertas con presencia bursátil no constituyen renta, pero Nº5 del mismo artículo establece que pérdidas en tales enajenaciones solamente son deducibles de ingresos no constitutivos de renta. El tribunal concluye que reclamante no acreditó mediante documentos suficientes (contratos, balances, libros FUT debidamente autorizados)
Se rechaza íntegramente reclamo contra Resolución Ex. 17.200 Nº45/2013 del SII, confirmándose en todas sus partes. Se exime a reclamante del pago de costas por haber tenido motivo plausible para reclamar. Cada parte paga sus propias costas.
“SOCIEDAD MARITIMA DE INVERSIONES S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° GR -18–00437-2013
Santiago, once de enero de dos mil diecisiete. -
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña STEPHANIE CHACRA GAETE, abogado, Cédula Nacional de Identidad N° 16.211.872-2, en representación de SOCIEDAD MARÍTIMA DE INVERSIONES S.A., RUT N° 94.660.000-8, ambos domiciliados en Nueva Tajamar N° 555, oficina 901, comuna de Las Condes, Región Metropolitana , quien interpone reclamo en contra de la Resolución Ex. N°45/2013 [sic], emitida con fecha 23 de abril de 2013, por el Director de la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), don Rómulo Gómez Sepúlveda, conforme a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que expone.
En el capítulo I de su reclamo, denominado: “ANTECEDENTES”, explica que la sociedad reclamante presentó oportunamente su declaración anual de i mpuestos a la renta, correspondiente al año tributario (en adelante, AT) 2012, Formulario 22, Folio N°230336932, declarando una pérdida afecta al régimen general de Impuesto de primera categoría por $ 9.642.777.251.- y solicitó una devolución por concepto de Pago Provisional de Utilidades Absorbidas (en adelante , PPUA) de $1.629.993.833.- (Código 167).
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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