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Tribunal · solo Pro
Arce Correa con SII
Fecha: 20-07-2017 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo por liquidaciones de impuesto de primera categoría e impuesto global complementario. Contribuyente no acreditó origen de fondos mediante contabilidad completa para justificar adquisición de 32 vehículos usados.
Mario Hernán Arce Correa, empresario individual dedicado a compraventa de vehículos usados y repuestos, adquirió 32 vehículos entre diciembre 2010 y diciembre 2011 por $110.645.773. El SII fiscalizó su declaración de renta 2012 (año tributario) y detectó diferencias. Mediante Liquidaciones N° 420 y 421 de noviembre 2014, el SII determinó un aumento de base imponible de $33.854.584 por falta de justificación del origen de fondos. Contribuyente alegó que los vehículos fueron financiados con crédito de consumo otorgado por Banco BCI por $20.000.000.
El tribunal aplica arts. 70 y 71 LIR estableciendo que el empresario individual tributando en renta efectiva con contabilidad completa debe justificar el origen de sus fondos mediante libros contables y documentación correlativa, no solo con comprobantes de créditos bancarios. El monto total de vehículos adquiridos ($110.645.773) superó significativamente el préstamo alegado ($17.309.611 según certificado bancario). El contribuyente no acompañó contabilidad, registros de flujos ingresos-egresos ni estados de resultado necesarios para verificar disponibilidad de fondos. Conforme art. 17 CT, deb
Se rechaza reclamo interpuesto por contribuyente. Se confirman Liquidaciones N° 420 y 421 de 27 de noviembre 2014 emitidas por SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
“UN SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A VEINTE DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE.
VISTOS:
El escrito de fecha 12 de mayo del año 2015, rolante a fojas 1 a 6 vuelta de autos, presentado por doña ALEJANDRA PEREZ ANDUENZA, RUT:3.454.346-2, domiciliada en calle Catedral N* 1009, oficina 604, comuna de Santiago, en representación de don MARIO HERNÁN ARCE CORREA, RUT: 7.327.298-K, domiciliado en calle Las Torres N“ 989, comuna de Lo Prado, mediante el cual interponen reclamo en conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones, establecido en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de las Liquidaciones N* 420 y 421 de fecha 27 de noviembre del año 2014, emitidas por el Servicio de Impuestos Internos, Dirección Regional Santiago Poniente, mediante la cual se determinó que el contribuyente debe pagar la suma ascendente a $15.181.915.- por concepto de Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario, más reajustes e intereses, fundado en que éste no justificó el origen de los fondos con que habría efectuado una serie de inversiones, detalladas en los actos administrativos objeto del presente reclamo.
La reclamante sostiene, en síntesis, que es un empresario individual que desarrolla diversas actividades, dentro de las cuales tiene como giro: "compraventa de vehículos usados, ventas de repuestos y accesorios de vehículos", lo cual le permite adquirir vehículos "chocados", para repararlos y si es posible vender los repuestos de los mismos.
Indica que el SII efectuó una fiscalización a la reclamante, respecto de los años 2009, 2010 y 2011, concluyendo que la declaración de impuestos, para el año 2012, presentaba inconsistencias respecto de los gastos del rubro al cual se dedica el contribuyente.
Señala que, de acuerdo a las Liquidaciones N* 420 y 421, el SII explica de manera somera, que hubo compras de una serie de vehículos usados
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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