Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 28-07-2017 · Materia: Artículo 97 N° 23 del CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio
Tribunal rechaza sanción por art. 97 N°23 CT (declaraciones falsas para timbraje) y condena por art. 100 CT (contador con falsedad) a 4 UTA, considerando atenuante de cooperación.
Contador Yan Bahamondes Marín presentó declaraciones mensuales IVA (formularios 29) de julio a diciembre 2015 de Compañía Minera Linderos con valores "calzados" (créditos iguales a débitos, sin impuesto a pagar), maliciosamente, para obtener autorización de timbraje de notas de crédito electrónicas. El denunciado reconoció en declaración jurada que los montos fueron al azar sin revisar libros, buscando agilizar el timbraje. Posteriormente rectificó las declaraciones, arrojando diferencias de impuesto por $90.499.748.
El tribunal estima que: (1) los formularios 29 son declaraciones de carácter mensual de impuestos a retener (IVA, PPM), no declaraciones exigidas para obtener autorización de documentación tributaria conforme art. 97 N°23 CT, siendo éstas específicamente las reguladas en Circular 19/1995 como formulario 3.230; (2) la conducta típica del art. 100 CT se configura plenamente por la presentación de declaraciones con antecedentes falsos a sabiendas; (3) las circunstancias agravantes del art. 107 N°3, 4 y 5 CT no proceden: las dos primeras son inherentes al sujeto contador, y la quinta (perjuicio fi
Se confirma Acta de Denuncia N°02 únicamente por infracción art. 100 CT inciso primero. Se aplica multa de 4 unidades tributarias anuales al contador. Se ordena giro por director regional SII una vez firme la sentencia.
RESUMEN:
PARTES: SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS con YAN EUGENIO
BAHAMONDES MARÍN
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Denuncia art. Artículos 97 N° 23 y 100 CÓDIGO TRIBUTARIO
LA SERENA, veintiocho de julio de dos mil diecisiete.
VISTOS:
El Acta de Denuncia N° 2, de 17 de abril de 2017, rolante de fojas uno a siete, notificada por cédula con fecha 20 del mismo año y mes a YAN EUGENIO BAHAMONDES MARÍN, RUT N° 8.538.317-5, contador, domiciliado en calle Bascuñan Guerrero N° 90 1, La S erena, por la comisión de la s infracciones tributarias tipificadas en los artículos 97 N° 23 inciso primero y 100 del Código Tributario, mediante la conducta consistente en que habría efectuado las declaraciones mensuales de IVA por los períodos de julio a diciembre de 2015, formulario 29, periodo julio 2015 folio 6052607 296; periodo agosto 2015, folio 6052610186; septiembre 2015, folio 6052615926; octubre 2015, folio 6052620 576, diciembre 2015, folio 6052645666, con información maliciosamente falsa con el objeto de obtener el timbraje de documentación tributaria, respecto a lo cual el denunciado en declaración jurada prestada ante el SII el 16.06.2016 habría expresado “Como he señalado, yo efectué las declaraciones con el objetivo de obtener timbraje de notas de crédito, para que la empresa obtuviera los dineros en forma rápida”.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.