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Tribunal · solo Pro
SII REGION DE LOS RIOS con Comercializadora Ríos Cruces SpA.
Fecha: 01-03-2018 · Materia: Artículo 97 N° 23 del CT · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal acoge denuncia por proporcionar facturas falsas para obtener autorización de documentación tributaria, imponiendo multa de 4 UTA por infracción al artículo 97 N°23 inciso 1° del CT.
Comercializadora Ríos Cruces SpA presentó dos facturas falsas (N° 90 de Comercializadora Exportadora Importadora Altos del Sur SpA por retroexcavadora y N° 278 de Comercializadora Toledo Limitada por tomates) como antecedentes para obtener autorización de folios y verificación de actividad. El representante legal, Francisco Javier Vera Rodríguez, desconocía las operaciones, cambió versiones sobre el financiamiento y no pagó las facturas. Verificaciones del SII confirmaron que los proveedores no existían en los domicilios declarados y que las operaciones nunca se realizaron.
El tribunal establece que corresponde al SII acreditar los elementos del ilícito, aplicando principios del derecho penal en forma atenuada. Analiza dos elementos: (1) falsedad de las facturas, acreditada por declaraciones contradictorias del representante legal y de Mario Gómez, informes de verificación del SII, certificado del Registro Civil de no inscripción de vehículos motorizados, y testimonios de fiscalizadores; (2) uso de los documentos falsos en declaración para obtener autorización de documentación tributaria. Respecto a maliciosidad, el tribunal concluye que el denunciado tenía conoc
Se acoge acta de denuncia por infracción al artículo 97 N°23 inciso 1° del CT. Se aplica multa de $2.270.448 equivalente a 4 UTA. Se ordena cumplimiento administrativo del fallo.
Valdivia, uno de marzo de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas dos y siguientes rola Acta de Denuncia N° 1, de fecha 13 de noviembre de 2017, levantada por el Servicio de Impuestos Internos de la XVII Dirección Regional Valdivia en contra de Francisco Javier Vera Rodríguez, RUT 12.200.291 -8, en su calidad de representante legal de Comercializadora Río Cruces SpA, RUT N° 76.450.717-7, con giro preparación del terreno, excavaciones y m ovimientos de tierras, ventas al por mayor de materias primas agrícolas y venta al por mayor de maquinaria agrícola y forestal, con domicilio en calle Pedro Lira N° 325, Isla Teja, Valdivia. El Acta se levanta por infracción al artículo 97 N° 23 inciso 1° del Código
Tributario (CT). Consigna que para el análisis del caso se tuvo a la vista Informe de Recopilación de Antecedentes N° 5 del 18.08.2017 , e mitido por la fiscalizadora señora Viviana González Vásquez , y u n Cuaderno de Antecedentes (CA) de 46 fojas. El Acta explica que el Departamento de Asistencia al Contribuyente detectó que la contribuyente había presentado dos facturas falsas como antecedentes para acreditar su actividad. El Acta agrega que la falsedad de las facturas se desprende de diversos antecedentes que expone. El Servicio sostiene que la prueba es suficiente tanto para tener por acreditada la falsedad ideológica de las facturas, como su presentación para obtener la autorización para emitir facturas electrónicas. A su juicio, dada la naturaleza de la maniobra el dolo en el actuar del contribuyente resulta evidente, toda vez que establecida la falsedad de las operaciones contenidas en las facturas acompañadas por la contribuyente , no resulta factible imaginar que desconociera dicha circunstancia, toda vez que se trata precisamente de operaciones que nunca realizó con los supuestos emisores de esas facturas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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