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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD DE GESTIÓN Y ADMON. DE CONTRATOS LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 12-12-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza nulidad de liquidaciones de IVA y Primera Categoría por defecto de firma del Director Regional, pero acoge subsidiariamente el reclamo respecto de algunos conceptos de débito fiscal omitido.
Sociedad de Gestión y Administración de Contratos Ltda. (GDC) fue fiscalizada por el SII en octubre 2016 respecto de IVA de períodos junio 2013 a abril 2016 e Impuesto a la Renta años 2014-2016. El 7 de diciembre 2016 se notificaron liquidaciones números 393 a 413 por monto total $252.945.335, determinando débito fiscal omitido en conceptos: (A) suministro de personal a hospital, (B) intervenciones quirúrgicas, (C) administración y gestión de contratos, (D) asesorías, (E) gastos no acreditados, (F) gastos ajenos al giro, (G) diferencias saldo clientes. Las liquidaciones fueron suscritas solo p
El Tribunal estima que la exigencia de firma del Director Regional en liquidaciones que excedan 400 UTA conforme Resolución Exenta 3311/1996 no genera nulidad automática, siendo materia de defecto formal subsanable. Respecto del fondo: (A) El suministro de personal constituye actividad comercial gravada con IVA conforme art. 20° N°3 LIR, no siendo exento aunque provenga de contrato con hospital público. (B) Las intervenciones quirúrgicas ejecutadas en dependencias del hospital con sus equipos constituyen suministro de personal gravado, no exención por sustitución de prestador de salud. (C) Adm
Se rechaza demanda principal de nulidad. Se acoge parcialmente reclamo subsidiario: se dejan sin efecto liquidaciones respecto de conceptos B y D, manteniéndose conceptos A y C por constituir suministro de servicios gravado con IVA. Se mantienen determinaciones por gastos no acreditados y diferencias de saldo clientes.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACÁ
Rol · solo Pro
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SOCIEDAD DE GESTIÓN
Y ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS LTDA.
RUT 76.257.896-4
Iquique, doce de diciembre del dos mil diecisiete.
VISTOS:
A fs. 1 comparece don FELIPE ANDRÉS JOPIA NAVARRO, abogado, RUT N° 13.502.565-8, en representación de SOCIEDAD DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS LTDA., empresa de su giro y denominación, RUT N° 76.257.896-4, ambos domiciliados en calle Simón Bolívar 202, oficina 1302, Edificio Finanzas, Iquique, quien alega, en lo principal, nulidad de las liquidaciones que se detallan, por los motivos que se exponen:
Con fecha 7 de diciembre de 2016 fueron notificadas a su representada las liquidaciones números 393 a la 413, de 7 de diciembre de 2016, mediante las cuales se determina el impuesto al valor agregado (IVA), correspondiente a los períodos agosto de 2013 a marzo de 2015 inclusive, e Impuesto Único de Primera Categoría de Impuesto a la Renta.
Las liquidaciones son las siguientes:
- Liquidación N° 393 IVA del periodo agosto de 2013;
- Liquidación N° 394: IVA del período septiembre de 2013;
- Liquidación N° 395: IVA del período octubre de 2013;
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Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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