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Tribunal · solo Pro
PALACIOS VICENCIO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 20-12-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación de Impuesto Global Complementario AT 2011 por no acreditar gastos efectivos en forma fehaciente, habiendo omitido declarar F-22 y responder citación previa del SII.
Contribuyente abogado independiente no presentó declaración F-22 AT 2011 pese a emitir boletas de honorarios por $136.029.050. SII lo citó el 13-10-2011 para que declarara dentro de plazo legal, sin obtener respuesta. SII liquidó Impuesto Global Complementario considerando gastos presuntos 30% con tope 15 UTA ($6.768.900), determinando impuesto de $29.388.387 más reajustes, intereses y multa, totalizando $83.249.072. Contribuyente reclama solicitando se reconozcan gastos efectivos de $68.000.000.
Tribunal establece que contribuyente no ejerció opción legal entre gasto efectivo o presunto al omitir declaración F-22 AT 2011 ni responder citación. Libro de ingresos y gastos acompañado fue timbrado 7 años después, contraviniendo artículos 17 CT y 27 y 30 Código de Comercio que exigen anotaciones cronológicas. No contiene resumen anual exigido por artículo 68 letra b) LIR. Instancia jurisdiccional no es oportunidad legal para acreditar gastos que debieron justificarse fehacientemente ante SII conforme artículo 31 LIR. SII actuó con justicia material al conceder gastos presuntos motu proprio
Se rechaza reclamo y confirma Liquidación N°504 de 22-12-2016 por $83.249.072, comprensiva de Impuesto Global Complementario, reajustes, intereses y multa del AT 2011. Sin costas por existir motivos plausibles para litigar.
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TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACÁ
Rol · solo Pro; Rol · solo Pro
JUAN GASTÓN
PALACIOS VICENCIO
RUT N° 9.621.459-6
Iquique, veinte de diciembre del dos mil diecisiete.
VISTOS:
A fs. 1 comparece don JUAN GASTON PALACIOS VICENCIO , abogado, cédula nacional de identidad número 9.621.459 -6, domiciliado en calle Serrano 145 oficina 1103, de esta ciudad, quien deduce reclamo en contra de la Liquidación N° 504, de fecha 22 de diciembre del 2016, suscrita por el fiscalizador ANGELINA VILCA CO LQUE, por orden del Director Regional, por don MARCOS
ROMERO MORALES , jefe de grupo PYME 1, y por don MAURICIO TAPIA
VILLANUEVA, Jefe de departamento Regional de Fiscalización, todos de la Primera Dirección Regional de Impuestos Internos, por existir en ellas vicios y/o errores manifiestos en cuanto a los montos liquidados, correspondientes al Impuesto Global Complementario del periodo Tributario abril del año 2011, por cuya liquidación expedida por el SERVICIO arrojó un impuesto a pagar , por dicho concepto , de $29.388.387, más un reajuste de un 22.1% , de conformidad al artículo 53°, inciso 1° del Código Tributario , ascendente a $6.494.834 , más un interés de un 102% de conformidad al artículo 53°, inciso 3°, del Código Tributario, ascendente a la cantidad de $36.600.885, más una multa de un 30% , conformidad al artículo 97°, inciso 2°, 2 del Código Tributario , ascendente a la suma de la suma de $10.764.966. - lo que da un valor total de liquidación ascendente a la suma de $83.249.072.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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