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Tribunal · solo Pro
SII con Transportes Atlanta Spa
Fecha: 09-02-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
RECHAZA Ha Lugar
Transportes Atlanta SpA fue condenada por utilizar facturas falsas para aumentar indebidamente su crédito fiscal de IVA, incurriendo en la infracción del artículo 97 N°4 inciso 2° del CT.
La empresa Transportes Atlanta SpA registró en junio de 2015 dos facturas falsas (N°002471 por $7.949.200 y N°001421 por $8.330.000) de proveedores Raúl Taibo García y Jaime Miranda Rosales. Estas facturas fueron incorporadas en los libros de compra, aumentando el crédito fiscal en $2.599.200. El representante legal Marco Antonio Olguín Muñoz alegó exceso de confianza en su chofer Ricardo Menares Díaz, quien realizaba las compras. Verificaciones posteriores confirmaron que los supuestos proveedores nunca emitieron tales documentos.
El Tribunal concluyó que se verificaban todos los supuestos de hecho de la infracción: (1) Transportes Atlanta SpA es contribuyente del IVA; (2) realizó maniobras maliciosas tendientes a aumentar créditos fiscales; (3) utilizó facturas falsas; (4) efectuó declaraciones de impuestos con menor pago. Rechazó las explicaciones sobre exceso de confianza, señalando que el representante legal debió haber sabido que las dos facturas más cuantiosas del período (80% de compras) eran falsas, especialmente cuando no conocía a uno de los proveedores. El dolo constituye elemento del tipo, configurándose la
Se aplicó a Transportes Atlanta SpA una multa de $3.820.499 (equivalente al 100% de lo defraudado actualizado a julio 2017) por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del CT. No se condenó en costas. Se ordenó el cumplimiento administrativo de la sentencia.
CAUSA : “S.I.I. con TRANSPORTES ATLANTA SPA”
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RANCAGUA, A NUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO
VISTOS:
UNO. La presentación de fojas 1 , correspondiente al Reservado N°06, de 14 de noviembre de 2017, a través del cual, don CLAUDIO AMBIADO ARAYA , Director VI Dirección Regional Rancagua del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , en adelante indistintamente denominado como el “Servicio“ o el “SII”, ambos domiciliados en calle Estado N°154, comuna y ciudad de Rancagua, remite al Tribunal Acta de Denuncia N°14, de 02 de noviembre de 2017, y una serie de antecedentes, para efectos de la aplicación de sanciones --conforme al procedimiento previsto en el artículo 161 del Código Tributario-- al contribuyente TRANSPORTES ATLA NTA SPA, RUT N°76.434.749-8, representada legalmente por don MARCO ANTONIO OGUIN MUÑOZ , RUT N° 12.914.417-3, por haber incurrido en la infracción contemplada en el artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario, consistente en el aumento indebido del crédito fiscal con el propósito de disminuir el pago del Impuesto al Valor Agregado, en adelante indistintamente denominado como “IVA”, mediante la utilización de facturas falsas . En el mismo Reservado se indica, que la referida Acta fue notificada mediante Formulario N°3300, Folio N°1329140 con fecha 02 de noviembre de 2017, lo que se confirma con el documento acompañado a fojas 5, que corresponde a dicho formulario.
El contenido del Acta es el que resumidamente se expone a continuación.
En el capítulo I., denominado “INDIVIDUALIZACIÓN DEL INFRACTOR ”, justamente se refiere a l contribuyente que corresponde a la sociedad individualizada anteriormente, representada por quien también se indicó.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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