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Tribunal · solo Pro
VILLAGRA ROJAS con SII
Fecha: 09-03-2018 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo de contribuyente contra resolución que denegaba devolución de $616.298 por retenciones de honorarios AT 2011, declarándose procedente la devolución solicitada.
Rodolfo Ernesto Villagra Rojas, instalador de gases clínicos, presentó el 07/04/2011 su declaración de renta AT 2011 solicitando devolución de $616.298 por retenciones practicadas sobre honorarios pagados por Proyecta Limitada. El SII requirió antecedentes para verificar la procedencia de la devolución. La Resolución EX_115105000534 del 16/12/2013 denegó la devolución argumentando que el contribuyente no aportó antecedentes suficientes y su declaración presentaba observación F01 por restricción de timbraje de documentos.
El tribunal analizó que conforme a artículos 21 del Código Tributario y 1698 del Código Civil, corresponde al contribuyente probar la procedencia de sus deducciones. Sin embargo, mediante análisis de la Declaración Anual de Renta, Detalle de Agentes Retenedores y Certificado de Honorarios, se acreditó que Proyecta Limitada pagó honorarios por $6.379.650 con retenciones de 10% por $637.967, información que el SII aceptó sin reparos. La observación F01 no resultaba relacionada al AT 2011 ni constituía inconsistencia que habilitara al SII para retener la devolución. Conforme a artículos 96 y 97 d
Se acoge el reclamo dejando sin efecto la Resolución EX_115105000534 del 16/12/2013 y se declara procedente la devolución solicitada de $616.298. Se ordena al Director Regional del SII disponer el cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte pagará sus costas.
“VILLAGRA ROJAS, RODOLFO ERNESTO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS” RUC N° : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Santiago, nueve de marzo de dos mil dieciocho.
VISTOS:
En su libelo de lo principal de fojas 1, complementado a fojas 17, comparece don RODOLFO ERNESTO VILLAGRA ROJAS, instalador de gases clínicos, RUT N°10.141.057-9, domiciliado en calle Brown Sur N°2167, Santa Julia, comuna de Macul , quien de conformidad al artículo 124 del Código Tributario , deduce reclamo en contra de la Resolución EX_115105000534, emitida por el Servicio de Impuestos Internos con fecha 16 de diciembre de 2013, solicitando se deje sin efecto y se le haga devolución del monto a favor solicitado en su declaración de impuestos del año tributario 2011, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su libelo de reclamo relativo a los hechos, explica que, con fecha 07 de abril de 2011, solicitó vía Internet la devolución de un saldo a favor ascendente a $616.298, para lo cual aceptó la declaración propuesta por el Servicio , correspondiente al año tributario 2011, cuyo folio es el N°77190371. A firma que lo anterior es producto de rentas pagadas a su persona , por atención profesional prestada a la empresa Proyecta Ltda., respecto de las cuales se le practicaron las retenciones correspondientes. Agrega que, en el mes de diciembre de 2013, recibió en su domicilio la resolución reclamada, que declaró improcedente la devolución solicitada.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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