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Tribunal · solo Pro
Guajardo Cornejo con SII
Fecha: 13-03-2018 · Materia: Liquidación · Juez: oscar_renato_merino_maturana
RECHAZA No Ha Lugar
Se confirma liquidación tributaria por $8.652.001 que determinó diferencias de Primera Categoría. El tribunal establece que el contribuyente debió tributar en renta efectiva con contabilidad completa desde 2008 (no presunta) y no acreditó origen de fondos de inversiones.
Emilio Guajardo Cornejo, transportista y vendedor de áridos que tributaba en renta presunta, realizó dos inversiones en 2010: compra de vehículo por $25.211.648 (15 feb) y aporte a sociedad por $15.840.000 (18 mayo). El SII le requirió justificar origen de fondos mediante citaciones. El contribuyente no comparecerió ni aportó antecedentes en etapa administrativa. Se emitió Liquidación 401 del 28 oct 2014 por diferencias de impuesto de Primera Categoría.
El tribunal declara que el reclamante no cumplió requisitos para acogerse a renta presunta: i) superó límite de 3.000 UTM de ingresos en 2006 (obtuvo 3.191 UTM); ii) amplió giro a venta de áridos en 2008, actividad que requiere tributación en base efectiva y contabilidad completa. Por tanto, debió cambiar de régimen desde año comercial 2007 (tributario 2008). Al estar obligado a llevar contabilidad completa, debía acreditar origen de fondos mediante ella, conforme arts. 70 y 71 LIR. Los documentos aportados en juicio (facturas, F22) no constituyen contabilidad completa. El tribunal rechaza ale
Se rechaza reclamo y se confirma Liquidación 401 del 28 oct 2014 emitida por SII. No se condena en costas a reclamante por motivos plausibles para litigar.
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A TRECE DE MARZO DE DOS MIL DIECIOCHO.
VISTOS:
El escrito de fecha 16 de febrero de 2015, rolante fojas 1 a 13 de autos, presentado por don EMILIO EDUARDO GUAJARDO CORNEJO, RUT
N*9.429.021-K, domiciliado para estos efectos en calle El Guanaco Norte N*1231, comuna de Huechuraba, Santiago, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Liquidación N*401 de fecha 28 de octubre de 2014, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos, (en adelante SII) la que determinó diferencias de Impuesto de Primera Categoría de la Ley de Impuesto a la Renta (en adelante LIR) por la suma de $8.652.001.- incluidos reajustes e intereses.
En su reclamo, en síntesis, sostiene que su giro corresponde a transporte y venta de áridos y que tributa en renta presunta.
Señala que la Liquidación afirma que registra inicio de actividades de Primera Categoría en el rubro de transporte de carga por carretera, desde el 7 de abril de 2000, y que con fecha 9 de septiembre de 2008 efectuó ampliación de giro a venta al por mayor de materiales de construcción (venta de áridos), declarando para el año tributario (en adelante AT) 2011 bajo el régimen de Renta Presunta.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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