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Tribunal · solo Pro
DISENO Y COMUNICACIONES SA con SII
Fecha: 16-03-2018 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra denegación de devolución de impuestos AT 2012 por falta de antecedentes que acrediten la procedencia de los créditos imputados (PPM y crédito SENCE) durante fiscalización administrativa.
Diseño y Comunicaciones S.A. solicitó devolución de $4.346.041 en su declaración de renta AT 2012, fundada en PPM pagados en 2011 por $11.335.619 actualizados y crédito SENCE por $2.710.814. El SII detectó inconsistencias (observaciones A20, A25, F53, A08, A09) y mediante Carta N°520200303 de 19/10/2012 requirió antecedentes para verificar la procedencia de la devolución. El contribuyente no compareció ni aportó documentación. El SII emitió Resolución Ex. N°215105000013 de 19/11/2013 denegando la devolución por falta de pruebas.
El tribunal establece que el contribuyente no aportó antecedentes durante la fiscalización administrativa a pesar del requerimiento expreso del SII. Conforme al artículo 21 del Código Tributario, corresponde al contribuyente probar la verdad de sus declaraciones con documentos, libros de contabilidad u otros medios. La resolución denegatoria es consecuencia lógica de la inactividad probatoria del contribuyente, por lo que no procede su nulidad. En sede jurisdiccional, el contribuyente tampoco acreditó fehacientemente su resultado tributario AT 2012 con libros contables completos y debidamente
Rechaza íntegramente el reclamo y confirma la Resolución Ex. SII N°215105000013 que denegó la devolución de $4.346.041. Condena en costas a la parte reclamante por haber sido totalmente vencida.
“DISEÑO Y COMUNICACIONES S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RIT N° Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
Santiago, dieciséis de marzo de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Natalia Beatriz Fuentealba Pincheira , abogado, RUT N°15.331.323-7, en representación de DISEÑO Y COMUNICACIONES S.A. , sociedad del giro de su denominación, RUT N° 96.546.050-0, ambos domiciliados en Crescente Errazuriz N°1875, comuna de Providencia , ciudad de Santiago , quien conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario , interpone reclamo en contra de la Resolución Ex . SII N°215105000013, emitida con fecha 19 de noviembre de 2013, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, solicitando que se declare su nulidad y, en su lugar, se disponga la devolución del saldo a favor solicitado en su declaración de impuestos a la renta del año tributario 2012, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su libelo de reclamo relativo a los hechos, explica que el argumento esgrimido por el Servicio para no acceder a la devolución es que la empresa no ha aportado los antecedentes que permitan acreditar la procedencia de los créditos que está imputando ni verificar el contenido, veracidad y exactitud de la información consignada en la declaración de impuestos anuales a la renta del año tributario 2012, contenida en el formulario 22, folio N° 232026362, lo que impide determinar la procedencia de la devolución.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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