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Tribunal · solo Pro
CARTES CRESPO con SII
Fecha: 04-10-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Óscar Meriño Maturana
OTRO
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente por no acreditar origen de fondos para inversión inmobiliaria de $66M, confirmando liquidación de Impuesto Global Complementario, salvo por vehículo ya reconocido administrativamente.
Alejandra Marcela Cartes Crespo, empresaria individual, fue liquidada por el SII en 2016 con diferencias de Impuesto Global Complementario de $35.887.285 por inversiones no justificadas: adquisición de nuda propiedad de inmueble por $66M y vehículo por $12.59M en año 2013. La reclamante alegó que los $66M correspondían a pagos de deudas familiares efectuados desde 2007-2012 (dividendos, créditos, contribuciones), reconocidos por su madre mediante venta de la nuda propiedad. El SII rechazó la justificación por insuficiencia de comprobantes y falta de relación con sus ingresos declarados.
El tribunal analiza que conforme al artículo 70 de la LIR, la reclamante debía justificar el origen de los fondos para la inversión cuestionada. De los antecedentes aportados se constata que la reclamante percibió ingresos en años 2005-2009 y 2013, pero no en 2010-2011, siendo insuficientes para explicar los pagos de deudas alegados de $66M. La reclamante acompañó documentación fragmentaria (rescate de fondos mutuos de 2005, venta de propiedad de 2008, pagos de contribuciones), pero sin vincular fehacientemente los ingresos declarados con los pagos específicos de deudas de familia que alega. L
Ha lugar en parte al reclamo. Se modifica la Liquidación 314109000249 rebajando la inversión en vehículo Hyundai ($12.59M) que fue reconocida administrativamente. Se mantiene la inclusión de los $66M por inversión inmobiliaria, por no estar acreditado su origen. Se redeterminará nuevo Impuesto Global Complementario sin condena en costas.
UN SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A CUATRO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO.
VISTOS:
El escrito de fecha 4 de agosto de 2016, rolante fojas 1 a 5 de autos, presentado por don IVÁN CARLOS REYES TOLEDO, RUT N*10.545.823-1, domiciliado para estos efectos en calle New York N*57, oficina 503, comuna de Santiago, en representación de doña ALEJANDRA MARCELA CARTES
CRESPO, RUT N*12.862.212-8, domiciliada en calle El Curato, parcela 10, comuna de Padre Hurtado, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Liquidación N*314109000249 de fecha 21 de marzo de 2016, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos, (en adelante SII) la que determinó diferencias de Impuesto Global Complementario de la Ley de Impuesto a la Renta (en adelante LIR) por la suma de $35.887.285.- incluidos reajustes e intereses.
En su reclamo, en síntesis, sostiene que el acto reclamado se basa en que no habría justificado las inversiones correspondientes a la nuda propiedad de un inmueble por la suma de $66.000.000.- más la compra de un vehículo al contado por $12.590.000.-
Indica que, en contra de la Liquidación reclamada se interpuso un recurso de reposición administrativa, el que fue resuelto con fecha 15 de julio de 2016, acogiendo de manera parcial sus planteamientos, ya que sólo se consideró justificada la compra del vehículo.
Respecto del inmueble sostiene que el origen de lo pagado por la nuda propiedad, es decir, los $66.000.000.-, son una serie de pagos efectuados desde el año 2007 y no por rentas percibidas el año comercial 2012.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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