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Tribunal · solo Pro
SOC COMERCIALIZADORA Y RECUPERADORA DE EXCEDENTES INDUSTRIALES SP con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 17-08-2012 · Materia: Resolución · Juez: hernan_farias_sepulveda
ACOGE+100M Confirmatorio Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación tributaria y anula resoluciones del SII que denegaban devolución de IVA exportador por falta de razones plausibles, ordenando restitución de fondos.
Sociedad Comercializadora y Recuperadora de Excedentes Industriales SPA, dedicada a comercialización de metales no ferrosos, presentó dos solicitudes de devolución de IVA exportador mediante formularios 3600 para septiembre y octubre de 2011, por montos de $218.259.949 y $278.543.364 respectivamente. El SII sometió las solicitudes a Fiscalización Especial Previa y emitió Resoluciones Exentas Nos. 7568 y 7570 del 25.11.2011, denegando totalmente las devoluciones con el único fundamento de encontrarse los créditos "en revisión". La empresa reclamó argumentando que no existían razones plausibles
El Tribunal analiza que el inciso tercero del artículo 5 del DS N° 348/1975 faculta al SII a denegar devoluciones solo si existen "razones plausibles". Determina que "razón plausible" debe ser argumentación meritoria, admisible y aceptable emanada del proceso de revisión, no que la revisión misma sea la razón. Las resoluciones reclamadas carecen de fundamentación válida al alegar únicamente que los créditos están en revisión. Además, comprueba que las actuaciones administrativas del SII se realizaron antes de notificar las resoluciones (8 al 11 de noviembre), incumpliendo el plazo de 25 días h
Acoge la reclamación tributaria, anula las Resoluciones Exentas Nos. 7568 y 7570 de fecha 25.11.2011, ordena al SII comunicar administrativamente al Servicio de Tesorería Regional para proceder a las devoluciones de IVA exportador solicitadas.
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“SOC. COMERCIALIZADORA Y RECUPERADORA DE EXCEDENTES INDUSTRIALES SPA. con SII- VII
DIRECCIÓN REGIONAL TALCA”
Rol · solo Pro
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Talca, diecisiete de agosto de dos mil doce.
VISTOS:
A fojas 8 y siguientes, comparece don Alejandro Saiz Blanco, RUT N° 6.923.727-4, abogado, en representación de SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y RECUPERADORA DE EXCEDENTES INDUSTRIALES SPA, RUT N° 76.096.962- 1, sociedad del giro de su denominación, domiciliada en calle 1 Norte N° 1077, Oficina 705, Talca, quien interpone reclamo tributario conforme al Procedimiento General de Reclamaciones contemplado en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de las Resoluciones Exentas Nos . 7568 y 7570 ambas di ctadas por el Director de la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos, con fecha 25.11.2011, mediante las cuales se le rechazó las solicitudes de devolución de IVA exportador efectuadas para los meses de septiembre y octubre de 2011 a través de los formularios 3600, folios N°s. 10040552 y 10040772, respectivamente.
Fundamentando su reclamación, la recurrente expone lo siguiente:
I.- LOS HECHOS.
A.- ANTECEDENTES:
Señala, primeramente, que es una empresa dedicada al giro de comercialización de excedentes industriales consistentes fundamentalmente en metales no ferrosos , principalmente excedentes de cobre, acero, bronce y aluminio y que en el desarrollo de sus actividades, abastece desde sus orígenes, a mediados del año 2010, tanto al mercado nacional como al externo, a través de exportaciones periódicas.
Indica, que tiene el domicilio de su casa matriz en la ciudad de Talca desde el mes de octubre de 2011, luego de haber cesado sus operaciones en la ciudad de Puerto Montt, Décima Región.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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