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Tribunal · solo Pro
CRUZ GUZMÁN con SII
Fecha: 14-12-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Óscar Meriño Maturana
OTRO
Tribunal acogió reclamo tributario y dejó sin efecto liquidaciones por $1.150 millones al determinar que contribuyente no estaba obligado a llevar contabilidad completa y acreditó debidamente origen de fondos invertidos.
Mauricio Cruz Guzmán fue objeto de liquidaciones tributarias (AT 2013) por diferencias de IGC y Primera Categoría por $1.150.525.376, por supuestos gastos de vida no justificados respecto a inversiones en fondos mutuos y bienes raíces, así como rentas no declaradas. El SII le reprochó no haber justificado el origen de fondos y exigió contabilidad completa. El contribuyente reclamó argumentando que no estaba obligado a llevar tal contabilidad, que subdeclaración no existía y que acreditó el origen de todos los fondos.
El Tribunal resolvió que: (1) el contribuyente no estaba obligado a llevar contabilidad completa por ser persona natural con giro en asesorías empresariales que tributa en Segunda Categoría; (2) rechazó la inadmisibilidad probatoria del SII por falta de especificidad en las citaciones; (3) constató que las rentas presuntas y contabilidad simplificada ya estaban declaradas en el F22, desvirtuando observaciones A07 y G14; (4) acreditó documentalmente la trazabilidad de fondos desde 2008 en inversiones de fondos mutuos (rescates y reinversiones); (5) comprobó que devoluciones de préstamos de Inmo
Acogió la reclamación y dejó sin efecto las Liquidaciones N°1247-2 y N°1248-2 de 21 de julio de 2016 emitidas por SII. No condenó en costas a la reclamada por existir motivos plausibles para litigar.
Gn
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO.
VISTOS:
El escrito de fecha 10 de noviembre de 2016, rolante a fojas 1 a 34 de autos, presentado por don ATALIVAR CARRANZA IGLESIAS, RUT
N*5.028.473-5, en representación de MAURICIO CRUZ GUZMAN , RUT
N*4.335.173-7, domiciliados para estos efectos en calle Compañía de Jesús N* 1085, oficina 1301, comuna de Santiago, quien interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de las Liquidaciones N*%1247-2 y N*%1248-2, ambas de fecha 21 de julio del 2016, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) que determinaron diferencias de Impuestos Global Complementario y de Primera Categoría de la Ley de Impuestos a la Renta (en adelante LIR) para el año tributario (en adelante AT) 2013, por la suma ascendente a $1,150.525.376.-incluidos interés y reajustes.
Señala que el ente fiscal le reprocha que su representada no habría justificado sus gastos de vida en relación a siete inversiones en fondos mutuos, un bien raíz y rentas no declaradas, lo anterior sin analizar la real situación tributaria de éste e informada al SII y que rechazó de plano y sin expresión de causa y justificación las sumas de dinero que le fueron pagadas por parte de la sociedad Inmobiliaria FCG Limitada, y otros ingresos provenientes de la enajenación de derechos de un bien raíz.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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