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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 19-03-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA Ha Lugar
Contribuyente condenado por aumentar indebidamente crédito fiscal IVA mediante facturas falsas, causando perjuicio fiscal de $33.554.575. Se aplica multa del 100% del monto defraudado.
Fabián Eduardo Carrasco Morales, contratista en construcción de obras menores, utilizó dieciocho facturas falsas de la Sociedad Comercial Durán y Zepeda Ltda. durante mayo a octubre de 2016 para registrar créditos fiscales IVA por operaciones inexistentes. Admitió en declaración jurada haber comprado facturas a Rodrigo Zepeda por el 40% del valor del IVA declarado, pagando vía transferencia electrónica. El crédito fiscal basado en estas facturas representó el 94% de su crédito total en esos periodos.
El tribunal constató que Carrasco Morales, siendo contribuyente afecto al IVA, maliciosamente realizó maniobras para aumentar indebidamente su crédito fiscal amparado en facturas falsas. La conducta dolosa quedó demostrada por las propias declaraciones juradas del denunciado y del proveedor de facturas, quienes admitieron conocer la ilicitud y que la finalidad era pagar menos impuesto. La acreditación de los hechos se apoyó en las facturas, formularios de declaración F29 y libros de contabilidad allegados. El alto porcentaje de crédito fraudulento utilizado (94%) refuerza el dolo. Como circuns
Se confirma el Acta de Denuncia y se condena a Carrasco Morales a pagar multa de $33.554.575, equivalente al 100% de los impuestos evadidos actualizados a la fecha de denuncia, por infracción del artículo 97 N° 4 inciso segundo del Código Tributario.
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RESUMEN:
PARTES: SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS con FABIÁN EDUARDO
CARRASCO MORALES
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Denuncia art. 97 N° 4 C.T.
CUANTÍA: 703,73 UTM
LA SERENA, diecinueve de marzo de dos mil diecinueve.
VISTOS:
El Acta de Denuncia N° 01, de 27 de junio de 2018, rolante de fojas uno a cuatro, notificada p ersonalmente en igual fecha a don FABIÁN EDUARDO CARRASCO MORALES , R.U.T. N° 16.226.720-5, con giro contratista en construcción de obras menores, domiciliado en calle Salvador Allende N° 735 , Sindempart, Coquimbo, por haber incurrido en la infracción del artículo 97 N° 4 inciso segundo del Código Tributario, consistente, en síntesis, en aumentar indebidamente el monto del crédito fiscal IVA por medio del registro y declaración de dicho impuesto utilizando facturas falsas, ello según la descripción que se detalla en el Acta.
En ella se da cuenta que, a raíz de un proceso de recopilación de antecedentes, realizado de conformidad a lo establecido en el artículo 161 N°10 del Código Tributario, por la Unidad de Coquimbo de la IV Dirección Regional La Serena del Servicio de Impuestos Internos, se logró determinar las siguientes irregularidades tributarias:
Durante los periodos comerciales de mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2016, el denunciado FABIÁN EDUARDO CARRASCO
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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