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Tribunal · solo Pro
FULLPRODUCCIONES PABLO IGNACIO FERNANDEZ CESPEDES con SII
Fecha: 04-04-2019 · Materia: Liquidación · Juez: oscar_renato_merino_maturana
ACOGE Ha Lugar
Se acoge parcialmente reclamo contra liquidación de Primera Categoría 2014. Se modifica base imponible considerando ingresos acreditados y deducción de gastos de compras y honorarios.
Full Producciones presentó F22 para AT 2014 declarando solo $90.651 en pagos provisionales. SII emitió citación por observaciones A08 y A85 sobre subdeclaración de ingresos comparado con F29. Ante inactividad del contribuyente, se dictó Liquidación N°414109000176 por diferencia de $25.273.690 incluyendo reajustes e intereses. Contribuyente reclamó alegando duplicación de ingresos y omisión de deducción de gastos declarados en F29.
El tribunal verificó mediante custodia N°819 que el contribuyente logró acreditar ingresos por $35.525.916 en 2013, gastos por compras de $27.539.274 mediante facturas electrónicas, formularios 15 de importación y facturas papel, y honorarios por $108.001 mediante boletas. Se constató que los proveedores tienen giro relacionado con iluminación, audio y eventos, concordante con la actividad. Se aplicaron requisitos del artículo 31 LIR: relación directa con giro, necesariedad para producir renta, pago o adeudo en ejercicio, y acreditación fehaciente. Se determinó base imponible aplicando presunc
Se acoge la reclamación y modifica la Liquidación N°414109000176 estableciendo base imponible de Primera Categoría de $7.701.012 (ingresos $35.525.916 menos gastos compras $27.539.274, honorarios $108.001 y gastos menores $177.629). No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
(7P SEGUNDO TRIBUNA I
TRIBtrilARIO N' ADUANERO
Región Metropolitana d' Santiago
FULLPRODUCCIONES PABLO IGNACIO FERNÁNDEZ CÉSPEDES E.I.R.L.
RUT N°76.054.927-4
CUANTÍA 502.93 UTM
EN SANTIAGO, A CUATRO DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE.
VISTOS:
El escrito de fecha 31 de agosto de 2017, rolante a fojas 1 a 12 de autos, presentado por don ALEX PATRICIO DÍAZ LOAYZA, abogado, RUT N°9.9272.323-8, en representación de FULLPRODUCCIONES PABLO
IGNACIO FERNÁNDEZ CÉSPEDES E.I.R.L., RUT N°76.054.927-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Huérfanos N°1160, oficina 213, comuna de Santiago, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Liquidación N°414109000176 de fecha 16 de mayo de 2017 emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), la que determinó una diferencia de impuesto ascendente a $25.273.690.- (veinticinco millones doscientos setenta y tres mil seiscientos noventa pesos), incluidos reajuste e intereses, por concepto de Impuesto de Primera Categoría correspondiente al Año Tributario (en adelante AT) 2014.
En su reclamo el contribuyente sostiene, en síntesis, que el SII en la Liquidación ha efectuado una errónea, indebida e ilegal determinación de la base imponible, ante su inconcurrencia a la citación practicada.
En primer lugar, relata que con fecha 16 de mayo de 2017 presentó
Declaración Anual de Impuesto a la Renta Formulario 22 (en adelante F22), folio 414109000176, para el AT 2014, mediante el cual solo registró en el código 36 (pagos provisionales artículo 86) la suma de $90.651.-, anotando ese mismo valor en los códigos 849 y 305, en el último como valor negativo, para terminar, solicitando una devolución por el mismo monto en el código 87. Hace presente que no se agregaron otros datos a su declaración. 1
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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