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Tribunal · solo Pro
DEVELP INGENIERÍA SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 16-10-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Claudio Alberto Araya Salgado
RECHAZA+1.000M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de Develp Ingeniería SpA contra liquidaciones de IVA y Renta emitidas por SII, confirmando notificación válida de citación y procedencia de diferencias tributarias determinadas.
Develp Ingeniería SpA reclamó contra liquidaciones N°83 a 105 y N°107 emitidas por el SII el 5 de abril de 2018 por concepto de IVA e Impuesto a la Renta. La empresa alegó nulidad de la notificación de la Citación N°5 de 26 de enero de 2018, argumentando no tener conocimiento de ella hasta la notificación de las liquidaciones. Además, cuestionó la falta de consideración de una propuesta de rectificación presentada y afirmó que los gastos y bienes eran reales. El SII acreditó notificación válida mediante formulario 3300 del 30 de enero de 2018 y mantuvo la procedencia de las liquidaciones basad
El tribunal analizó la validez de la notificación de la Citación N°5, concluyendo que fue debidamente notificada conforme a los artículos 11, 12 y 13 del Código Tributario. Respecto de la procedencia de las liquidaciones, el tribunal examinó la contabilidad y documentación de la empresa, encontrando que: (1) existían transferencias bancarias a Elicenda Villegas y Javier Sepúlveda Reyes no registradas en contabilidad; (2) los libros de compras y ventas presentaban inconsistencias; (3) la empresa no mantenía registros adecuados de cuentas corrientes bancarias; (4) existía fraude del contador con
Se rechaza en todas sus partes la reclamación tributaria interpuesta por Develp Ingeniería SpA contra las liquidaciones N°83 a 105 y N°107 emitidas por el SII del 5 de abril de 2018, confirmando la procedencia de las determinaciones de IVA e Impuesto Único del artículo 21 LIR y condenando en costas a la reclamante.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RECLAMANTE : Develp Ingeniería SpA.
RECLAMADO : Servicio de Impuestos Internos.
MATERIA : Procedimiento General de Reclamación – Código Tributario.
CUANTÍA : 18.045,56 UTM.
Antofagasta, a dieciséis días del mes de octubre de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 37 y siguientes, comparece don Rodrigo Moreno Silva, abogado, en representación del contribuyente Develp Ingeniería SpA., Rol Único Tributario N°76.115.932-1, con domicilio para estos efectos en calle Granaderos N°2327, oficina N°7, Calama; quien interpone reclamación en Procedimiento General de Reclamaciones en contra de las Liquidaciones N°83 a 105 y N°107, emitidas por la Unidad de Calama del Servicio de Impuestos Internos, por concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a la Renta, solicitando dejar sin efecto todas y cada una de las liquidaciones reclamadas, con expresa condena en costas, por encontrarse justificadas y acreditadas las partidas liquidadas, según los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación se exponen:
En primer término, expresa los antecedentes preliminares y de hecho relacionados con los actos reclamados, para a continuación, manifestar los fundamentos de su reclamo.
Argumenta la nulidad de la notificación de la Citación N°5, de fecha 26 de enero de 2018, dado que el contribuyente no tuvo conocimiento de esta hasta la fecha en que fue notificada la Liquidación con fecha 05 de abril de 2018. Agrega, que el hecho de no haber sido notificados legalmente de la Citación, les priva del esencial derecho a defensa que todo contribuyente debe tener frente al organismo fiscalizador en igualdad de armas y de defensa, expresando que estamos en un caso de Citación obligatoria.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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