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Tribunal · solo Pro
SII con Explotacion Osvaldo Del Transito Varas Leiva EIRL
Fecha: 18-02-2020 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
RECHAZA Ha Lugar
Se condena a EIRL por utilizar 35 facturas falsas para obtener crédito fiscal indebido, imponiendo multa de $47.595.879 (150% de lo defraudado).
Explotación Osvaldo del Tránsito Varas Leiva EIRL fue denunciada por el SII por utilizar facturas electrónicas falsas emitidas por tres proveedores (Comercial Ferretería Cerro Blanco SPA, República Inversiones SPA y Autocar Inversiones SPA) entre septiembre 2014 y agosto 2017. El 49,51% del crédito fiscal declarado correspondía a facturas falsas por aproximadamente $30,4 millones. El representante legal incurrió en contradicciones sobre el conocimiento y contacto con los proveedores en sus declaraciones juradas de 2017 y 2018.
El tribunal concluyó que la contribuyente conocía o debió conocer la falsedad de las facturas, considerando: (i) montos elevados por factores (hasta $12 millones) pagados supuestamente en efectivo a desconocidos; (ii) falta de revisión de facturas pese a llegada vía casilla electrónica; (iii) reconocimiento oficial de los proveedores como traspasadores de IVA con domicilios virtuales; (iv) contradicciones en declaraciones juradas del representante; (v) inexistencia de documentación que sustentara operaciones reales. Se acreditó el dolo requerido por el tipo infraccional y el perjuicio fiscal d
Se aplica multa de $47.595.879 (equivalente al 150% de lo defraudado) a Explotación Osvaldo del Tránsito Varas Leiva EIRL por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario, con condena a costas.
CAUSA : “S.I.I. con EXP. OSVALDO DEL TRANSITO VARAS LEIVA EIRL” RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
RANCAGUA, A DIECIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTE
I. VISTOS:
UNO. Las presentación de fojas 1 de 11 septiembre de 2019 complementada por pr esentaciones de fojas 3 7 y 40, en virtud de las cuales, don MARIO GONZALEZ ZUÑIGA y PAULINA RIVERA PINTO , Director y Directora Subrogante respectivamente, de VI Dirección Regional Rancagua del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , en adelante indistintamente denominado como el “Servicio“ o el “SII”, ambos domiciliados en calle Estado N°154, comuna y ciudad de Rancagua, presenta al Tribunal Acta de Denuncia N°2, de 30 de agosto de 2019 y una serie de antecedentes, para efectos de la aplicación de sanciones --conforme al procedimiento previsto en el artículo 161 del Código Tributario -- a la contribuyente sociedad EXPLOTACIÓN OSVALDO DEL TRÁNSITO VARAS LEIVA E.I.R .L., RUT N°76.266.263 -9, representada por don Osvaldo del Tránsito Varas Leiva, RUT N° 8.615.058-1, por haber incurrido en la infracción contemplada en el artículo 97 N°4, inciso segundo del Código Tributario, consistente en utilizar facturas falsas, con la finalidad de respaldar la utilización de crédito fiscal y disminuir el impuesto a pagar de manera indebida. La referida Acta fue notificada mediante Formulario N°3300, Folio N°1532987 con fecha 30 de agosto de 2019, lo que se confirma con el documento acompañado a fojas 23, que corresponde a dicho formulario.
El contenido del Acta, que corre a fojas 15 y siguientes, es el que resumidamente se expone a continuación.
El capítulo I., denominado “ INDIVIDUALIZACIÓN DEL INFRACTOR ”, se refiere justamente al contribuyente individualizado anteriormente.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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