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Tribunal · solo Pro
OLEA SCHIAVINI con SII
Fecha: 12-05-2021 · Materia: Liquidación · Juez: dora_luisa_bastia_santander
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de socio contra liquidaciones de Impuesto Global Complementario por diferencias de impuestos determinadas a la sociedad SOMCA, al no desvirtuar impugnaciones del SII sobre ingresos omitidos y gastos no acreditados.
Bruno Alberto Olea Schiavini, socio con 50% de participación en SOMCA Maquinaria Agroindustrial Ltda., reclama las Liquidaciones Nos 440 a 444 de 31.08.2015 por $29.520.486 (Impuesto Global Complementario AT 2012-2014 y reintegro art. 97 LIR). El SII había determinado diferencias por subdeclaración de ingresos (inversión en fondos mutuos sin justificación de origen) y rechazó gastos por depreciación, recuperación de gastos, operaciones de cambio y honorarios profesionales del socio, considerándolos no acreditados.
El tribunal constata que las diferencias de impuestos determinadas a la sociedad se consideran retiros de los socios conforme art. 21 LIR. El reclamante reitera argumentos de la sociedad sin aportar pruebas nuevas en la etapa jurisdiccional. Advierte que corresponde al contribuyente probar con documentos fidedignos la verdad de sus declaraciones (art. 21 CT). La instancia judicial no es para efectuar nueva auditoría administrativa, sino para verificar si fueron desvirtuadas las impugnaciones del SII. El reclamante no acreditó antecedentes que permitan desvirtuar las liquidaciones, toda vez que
Se rechaza el reclamo y se confirman íntegramente las Liquidaciones Nos 440 a 444 de 31.08.2015. No se condena en costas por haber tenido motivos plausibles para litigar.
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MTA
“OLEA SCHIAVINI con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
SUR”
RUC: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
En Providencia, a treinta de diciembre de dos mil veinte.
VISTOS:
El escrito de fecha 17.12.2015, por el cual compareció don BRUNO ALBERTO OLEA
SCHIAVINI, C.I. 15.931.924-5, domiciliado en Avenida Presidente Jorge Alessandri N°20130, KM 25 Longitudinal, comuna de San Bernardo, Santiago, Región Metropolitana ; quien dedujo reclamo en contra de la s Liquidaciones Nos 440 a 444 , de 31.08 .2015, emitidas por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
Rolan en autos, A fojas 1 a 11 , comprobante de Distribución de Causa; fotocopia simple de Liquidaciones N os 440 a 444, de 31.08.2015 ; reclamo tributario, resolución que provee la presentación y testimonio de su notificación.
A fojas 12 a 15, fotocopia simple de Resolución TRA N° 246/1750/2015, de 30.10.2015; escrito de la parte reclamada asumiendo representación, resolución que lo provee y testimonio de su notificación.
A fojas 16 a 19 , escrito de la parte reclamada deduciendo Recurso de Reposición , resolución que lo provee, falla el Recurso y testimonio de su notificación.
A fojas 20 a 22 , escrito de la parte reclamada solicitando aclaración que indica, A fojas 23 a 36, escrito de la parte reclamada evacuando el traslado conferido, A fojas 37 a 40, fotocopia simple de Resolución TRA N° 246/346/2018, de 24.05.2018; escrito de Patrocinio y Poder de la parte reclamada, resolución que lo provee y testimonio de su notificación. 2
A fojas 41 a 48 , resoluciones del Tribunal dando curso progresivo a los autos y recibiendo la causa a prueba, testimonio s de su notificación y comprobante de notificación de Correos de Chile.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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