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Tribunal · solo Pro
SII con MARDONES CÁRDENAS
Fecha: 30-12-2021 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Pablo Alonso Arias Palacios
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal confirma parcialmente infracciones por uso de facturas falsas para disminuir impuestos (IVA y renta), subdeclaración de débitos fiscales y omisión de declaración IVA, aplicando multa del 130% sobre impuestos evadidos.
SII detectó que Domingo Mardones Cárdenas y su EIRL utilizaron facturas de proveedores con irregularidades (domicilios inexistentes, sin compras respaldatorias, sin capital para ventas) para aumentar egresos y créditos fiscales. Mardones declaró débitos fiscales menores en dic-2018 y oct-2018, y la EIRL omitió declarar IVA en abril 2019. Notificado en sept-2018, el contribuyente no acreditó efectividad de operaciones, traslado de mercaderías ni pagos. Perjuicio fiscal: $29.588.243.
Tribunal aplica sana crítica para valorar prueba documental y testimonial. Confirma inexistencia de operaciones por irregularidades graves de proveedores (Ventisquero, Línea Solar, Los Olivos, Los Esteros): domicilios falsos, sin compras de productos vendidos, sin capital suficiente, créditos fiscales inexistentes. Rechaza facturas de Suyay May por falta de prueba concluyente. Acredita subdeclaración de débitos fiscales mediante contraste entre registros electrónicos y formularios 29, y omisión de declaración mediante consulta SICT. Establece participación maliciosa directa del contribuyente p
Acoge parcialmente denuncia. Confirma infracciones art.97 N°4 inc.1° y 2° CT para ambos contribuyentes y art.97 N°5 CT para EIRL. Rechaza cargos relacionados con proveedor Suyay May. Condena multa $38.464.716 (130% impuestos evadidos). Sin costas.
1
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT Nº : Rol · solo Pro
DENUNCIADO : Domingo Mardones Cárdenas
CUANTÍA : 622 UTM
Coihaique, a 30 de diciembre de dos mil veintiuno.
V I S T O S:
UNO. A fojas 1, se encuentra el acta de denuncia N°1/2021 fechada en Coihaique el 12 de julio de 2021, suscrita por la funcionaria del SII Noelia Ariana Flores Parra , en contra de los contribuyentes Domingo Guillermo Mardones Cárdenas , RUT N°9.249.276-1 y Domi ngo Guillermo Mardones Cárdenas E.I.R.L. , RUT: 76.406.236 -1, representada legalmente por Domingo Guillermo Mardones Cárdenas , todos domiciliados en calle Cerro Pirámide N°1678 de Coihaique.
Según la referida acta, Domingo Mardones Cárdenas incurrió en la s infracciones previstas y s ancionadas por el artículo 97 N° 4 inciso 1° del Código Tributario, consistente en la disminución de sus ingresos tributables mediante el uso de facturas falsas y la del inciso 2° de la misma norma, por haber declarado débito fiscal IVA menor al correspondiente.
Por su parte, al contribuyente E.I.R.L. el acta le imputa los delitos del artículo 97 N°4 inciso 1° del Código Tributario por la disminución de sus ingresos tributables y del inciso 2° del mismo artículo por el aumento de s us créditos fiscales de IVA, ambos ocasionados por el uso de facturas falsas. También le atribuye a este contribuyente la comisión del ilícito del 97 N°4 inciso 2° por la declaración de IVA débito fiscal menor al correspondiente y finalmente el delito del 97 N°5 del Código Tributario, por no haber declarado IVA. 2
Expresa el acta que mediante cruces de información de las bases de datos del Servicio se detectó que tanto Domingo Mardones como Domingo Mardones E.I.R.L. registraban como proveedores a contribuyentes con irregularidades, por ese motivo se los notificó en septiembre de 2018 para requerir antecedentes demostrativos de:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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