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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA MARIA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 21-01-2013 · Materia: Resolución · Juez: hernan_farias_sepulveda
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechazó reclamación contra denegación de devolución de impuestos por falta de acreditación de pérdidas tributarias, créditos asociados y reinversiones conforme requisitos legales.
Inmobiliaria E Inversiones Santa María Ltda. solicitó devolución de $4.322.967 por concepto de Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas (PPUA) en declaración de renta año tributario 2010. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución N° Ex 107201000014 del 11.03.2011, argumentando inconsistencias entre la declaración y antecedentes contables, falta de acreditación de pérdidas tributarias y créditos asociados, e incumplimiento de requisitos legales para reinversión de utilidades. La contribuyente reclamó alegando que la resolución fue emitida por autoridad incompetente y que su declaraci
El Tribunal confirmó que la resolución fue emitida válidamente por el Director Regional competente y que la remisión desde Santiago fue comunicación conforme de notificación. Concluyó que el SII tiene facultad legal para verificar fidelidad de declaraciones juradas y que no constituye retención ilegal el rechazo de devoluciones. Respecto de la acreditación de pérdidas tributarias, encontró que no se acompañaron respaldos suficientes de operaciones clave, detectándose inconsistencias graves: ausencia de documentos de préstamos, boletas de honorarios, comprobantes de contribuciones, y retiros en
Se rechaza la reclamación tributaria interpuesta contra Resolución N° Ex 107201000014 del 11.03.2011. Se confirma integralmente la resolución del SII. No se condena en costas a la reclamante por considerar tuvo motivo plausible para litigar.
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“INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA MARÍA LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Talca, veintiuno de enero de dos mil trece.
VISTOS:
A fojas 18 y siguientes, comparece don FRANCISCO IGNACIO HURTADO
PREISLER, RUT N° 8.636.698-3, abogado, en representación de la contribuyente
INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA MARÍA LIMITADA, RUT N° 77.862.610-1, del giro de inversión y rentista de capitales mobiliarios en general , ambos domiciliados en calle Uno Norte N° 801, Edificio Plaza Centro, piso 8, de la ciudad de Talca, quien interpone reclamo conforme a los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Resolución N° Ex. 107201000014, de fecha 11.03.2011, emitida por el Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.), que denegó la solicitud de devolución de impuestos, solicitando se deje sin efecto, con costas.
Expone que en su declaración anual de Impuesto a la R enta, folio N° 98326170, correspondiente al año tributario 2010, consigna una solicitud de devolución de un saldo a favor ascendente a la suma de $4.322.967. -, correspondiente a pagos provisionales derivados del Impuesto de Primera Categoría por utilidades absorbidas por pérdidas, monto que se habría obtenido como consecuencia de la pérdida tributaria verificada conforme al procedimiento de determinación de la renta líquida imponible establecido en los artículos 29 a 33 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y la operatoria del Fondo de Utilidades Tributables.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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