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Tribunal · solo Pro
Inversiones RTB S.A. con XV DRM STGO ORIENTE SII
Fecha: 11-01-2022 · Materia: Liquidación
ACOGE+100M Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de Inversiones RTB contra liquidación tributaria 2017, acreditando gastos rechazados por SII por $1.014.834.357 y ordenando devolución de PPUA por $67.157.906.
Inversiones RTB S.A. presenta reclamo contra Liquidación N°382 del 3 de mayo de 2018 emitida por la DRM Santiago Oriente, que determinaba pérdida tributaria de $477.150.208 y aplicaba impuesto único del artículo 21 LIR por $136.863.027 para el año 2017. El contribuyente había declarado pérdida tributaria de $872.196.714 y solicitado devolución de PPUA por $148.273.441. El SII rechazó partidas de gastos: reajuste UF, remuneraciones, otros gastos de mantención, intereses mutuo y otras asesorías, argumentando falta de acreditación y criterios aplicados en liquidación anterior del año 2016 que est
El tribunal rechaza los vicios procedimentales alegados por el contribuyente respecto a ejecutividad de liquidaciones previas en revisión. En el fondo, analiza cada partida de gasto: acredita reajuste UF de $462.204.412 mediante escritura pública de aumento de capital e contrato de novación; remuneraciones de $224.241.077 por contrato de trabajo y libro de remuneraciones conforme artículo 31 N°6 LIR; otros gastos mantención de $97.415.326 relacionados con parque forestal; intereses mutuo de $218.117.578 como gasto necesario para financiar dividendos; y otras asesorías de $12.855.964 vinculadas
Se acoge reclamación. Se deja sin efecto Liquidación N°382 de 3 de mayo de 2018. Se ordena devolución de excedente PPUA por $67.157.906 más intereses y reajustes legales. Se rechaza condena en costas al SII por existir motivos plausibles para litigar.
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INVERSIONES RTB S.A.
RUT N°76.206.632-7
CUANTIA: 2.841,84 UTM
EN SANTIAGO, A ONCE DE ENERO DE DOS MIL VEINTIDOS.
Atendida la contingencia sanitaria y la modalidad de teletrabajo en que se encuentra funcionando el Tribunal, la presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 2 6 de diciembre de 2018, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don JOSÉ BASUALTO PRIETO , RUT N°17.700.850 -8, en representación de INVERSIONES RTB S.A. , RUT N°76.206.632 -7, domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello N°2711, oficina piso 4, comuna de Las Condes, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Liquidación N°3 82, de fecha 3 de mayo de 2018, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), determinando una pérdida tributaria del Año Tributario (en adelante AT) 2017 de ($477.150.208.-) y un Impuesto Único del artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (en adelante LIR), por el mismo periodo ascendente a $136.863.027-, incluyendo reajustes e intereses. En su reclamo el contribuyente sostiene, en síntesis, que con fecha 4 de mayo del año 2017 presentó su Declaración Anual de Impuesto a la Renta del AT 2017, en el cual declaró una pérdida tributaria ascendente a ($872.196.714.) y solicitó una devolución por concepto de Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas (en adelante PPUA) de $148.273·441.-2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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