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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA EL BOSQUE S.A. con SII
Fecha: 19-04-2022 · Materia: Resolución · Juez: Carolina Andrea Arenas Concha
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamo contra sobretasa por artículo 7 Bis Ley 17.325 debido a que los giros fueron anulados de oficio por el SII, desapareciendo la controversia.
Inmobiliaria El Bosque S.A. deduce reclamo en contra de una sobretasa aplicada conforme al artículo 7 Bis de la Ley 17.325 y dos giros de impuesto (folios 6431465 y 6431467) emitidos el 23 de junio de 2021 por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SII. Durante el procedimiento, la reclamante informa a fojas 96 que los giros fueron anulados de oficio por el propio SII, hecho que es ratificado por la parte reclamada a fojas 101.
El Tribunal considera que los giros que motivan el reclamo se encuentran anulados conforme lo expuesto por ambas partes. Aunque la reclamante no se ha desistido formalmente del reclamo, la anulación administrativa de los actos reclamados por la autoridad ha extinguido tanto la controversia como el objeto del procedimiento. Por tanto, procede rechazar el reclamo de lo principal. Respecto de las costas, se aplica el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, liberando a la reclamante del pago por no haber sido totalmente vencida.
Se rechaza el reclamo interpuesto contra la sobretasa y los giros de impuesto folios 6431465 y 6431467. Se ordena al Director Regional del SII dar cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas.
“INMOBILIARIA EL BOSQUE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS ”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, diecinueve de abril de dos mil veintidós.
VISTOS:
A fojas 3, comparece doña Yanet Fontanez Carrasco , abogado, cédula de identidad N° 14.417.667-7, como mandatario judicial de la sociedad INMOBILIARIA EL BOSQUE S.A., Rol Único Tributario N°96.798.700-K, ambos domiciliados en Avenida Presidente Riesco N°5335, piso 11, Las Condes , Región Metropolitana, quien, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 3 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo en contra de la Sobretasa aplicada en virtud del artículo 7 Bis de la Ley N°17.325 y los Giros de Impuesto Folio s N°6431465 y N°6431 467, ambos emitidos con fecha 23 de junio de 2021 , por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) , solicitando que sean dejados sin efecto , con costas , en virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que expone.
A fojas 58, se tiene por interpuesto reclamo y se confiere traslado a la reclamada para contestar. A fojas 71, comparece don Manuel Araya Zacarías, abogado, en representación de la parte reclamada, quien, evacuando el traslado conferido en autos, solicita que se rechace íntegramente el reclamo presentado, se confirme la sobretasa aplicada y, en consecuencia, los giros folios N°6431465 y N°6431467 y se condene en costas a la reclamante, en virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que expone.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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