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Tribunal · solo Pro
NORTE GRANDE SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 26-05-2022 · Materia: Resolución · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Norte Grande S.A. contra resolución del SII que prorratió gastos entre rentas gravadas, exentas y no constitutivas de renta para año 2009, confirmando rebaja de pérdida tributaria.
Norte Grande S.A. declaró pérdida tributaria de $10.191.489.411 para el año 2009, considerando gastos asociados a enajenación de acciones acogidas al art. 18 ter LIR e ingresos no constitutivos de renta. El SII, mediante citación, requirió acreditación de estas partidas. La sociedad respondió confirmando su declaración. El SII emitió resolución reduciendo la pérdida a $1.318.345.299 mediante prorrateo de gastos comunes, argumentando que la sociedad percibía rentas gravadas, exentas y no constitutivas de renta simultáneamente.
El tribunal estableció que la reclamante percibió simultáneamente rentas afectas a primera categoría, rentas exentas por dividendos e ingresos no constitutivos de renta por venta de acciones. Los artículos 31 y 33 N°1 letra e) de la LIR exigen que gastos vinculados a rentas exentas o no constitutivas de renta se rebajen solo de esos beneficios. El artículo 27 inciso segundo del Código Tributario autoriza al SII hacer directamente la separación o prorrateo de gastos a falta de antecedentes o si son incompletos. La reclamante incurrió en gastos de utilización común que debieron asignarse proporc
Se rechaza el reclamo y se confirma la Resolución Ex. 17.200 N°196/2012 del SII que modificó la pérdida tributaria de $10.191.489.411 a $1.318.345.299. Cada parte paga sus propias costas.
“NORTE GRANDE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N° : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Santiago, veintiséis de mayo de dos mil veintidós.
VISTOS:
A fojas 2, comparece don Oscar Otazo Carrasco , cédula nacional de identidad N°13.255.244-4, abogado, domiciliado en Avenida Presidente Riesco N°5561, oficina N°402, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, en representación de NORTE GRANDE S.A., Rol Único Tributario N°96.529.340-K, sociedad del giro de su denominación, domiciliada en El Trovador N°4285, piso N°11, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quien, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo en contra de la Resolución Exenta 17.200 N°196/2012, emitida con fecha 25 de julio de 2012, por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII) , solicitando dejarla sin efecto por improcedente, sin condena en costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su reclamo titulado: “HECHOS Y ANTECEDENTES”, explica que la Resolución reclamada tiene como antecedente inmediato la Citación N°35 de fecha 27/04/2012, mediante la cual el SII cuestionó la declaración de impuesto a la renta de la sociedad correspondiente al año tributario (en adelante, AT) 2009 y, en mérito de ello, requirió al contribuyente rectificar, aclarar, ampliar o confirmar las observaciones: “Referencia N°1: Gastos asociados a enajenación de acciones acogidas al ex artículo 18 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta (en adelante, LIR), AT 2009. (Arts. 18 ter, 33 N°1 letra e) de la LIR, y 27 inciso segundo del Código Tributario”, y “Referencia N°2: Deducción de la Renta Líquida Imponible de venta de 2.022.435.625 acciones de la Sociedad de Inversiones Oro Blanco S.A. (erróneamente referenciado en la Citación como 187.733 acciones de SQM B)”.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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