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Tribunal · solo Pro
SII con MINING SERVICE SPA
Fecha: 13-06-2022 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Se confirma sanción por registro y declaración de 28 facturas ideológicamente falsas durante 2017-2018, reduciendo indebidamente el IVA crédito fiscal. Se aplica multa de $67.195.659 equivalente al 100% de impuestos defraudados.
Mining Service SpA registró, contabilizó y declaró 28 facturas ideológicamente falsas entre octubre 2017 y septiembre 2018, emitidas por empresas del señor Víctor Hugo Monrroy Arancibia (Servicios Agrícolas Santa Victoria SpA, Ingeniería y Servicios Elky Norte SpA e Ingeniería y Servicios Elqui Norte SpA). Estas facturas representaban 68,1% del IVA crédito fiscal total declarado en esos períodos. Mining Service pagaba al 50% del IVA facturado para obtener los documentos falsos. La contribuyente rectificó voluntariamente las declaraciones de IVA de los períodos afectados.
El tribunal confirmó la acusación de falsedad ideológica de las facturas, establecida por declaraciones juradas de Monrroy y sus clientes, falta de infraestructura de las empresas emisoras, y ausencia de personal y activos fijos. Se acogieron como atenuantes: irreprochable conducta anterior, cooperación del infractor mediante rectificaciones voluntarias, y que el perjuicio fiscal fue reparado. Se rechazaron agravantes por grado de cultura y antigüedad, consideradas circunstancias ordinarias no acreditadas específicamente. La rectificación voluntaria del IVA resolvió la cuestión civil del tribu
Se confirma el acta de denuncia por infracción del artículo 97 N°4 CT. Se acogen en parte los descargos respecto a atenuantes. Se aplica multa de $67.195.659 (100% de impuestos defraudados actualizados a junio 2021). Se ordena emisión del giro de la multa una vez firme la sentencia.
RESUMEN: PARTES: SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS CON MINING SERVICE SPA. RUC N°: Rol · solo Pro RIT: Rol · solo Pro MATERIA: ART. 97 N° 4 CT. PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO GENERAL DE APLICACIÓN DE SANCIONES. CUANTÍA: 1271.63 UTM. LA SERENA, diez de junio de dos mil veintidós. VISTOS: El acta de denuncia n˚ 2, rolante a fojas 1 y siguientes, notificada el día 25 de noviembre de 2021, por la funcionaria Viviana Alvarado Ríos, Fiscalizador Tributario, perteneciente a la IV Dirección Regional La Serena, del Servicio Impuestos Internos, conforme lo dispuesto por los artículos 161 Nº 1, y 162 inciso tercero del Código Tributario; en cumplimiento a lo dispuesto mediante decisión de fecha 08.10.2021, del Sr. Director, en contra de la contribuyente MINING SERVICE SPA., R.U.T. Nº 76.522.007-6, del giro construcción de carreteras y líneas de ferrocarril; terminación y acabado de edificios, representada legalmente por JOSCELYN MARÍA DEL CARMEN ROJAS RODRÍGUEZ, R.U.T. Nº 15.869.682-7, con domicilio en Avda. Las Delicias 80 B, de la ciudad de Vicuña, por la comisión del delito tributario previsto y sancionado en el artículo 97 Nº 4 inciso segundo del Código Tributario, por los hechos que a continuación se exponen: Indica que del mérito de la recopilación de antecedentes señalada, se ha constatado que la contribuyente ha incurrido en la irregularidad consistente en el registro, contabilización y declaración de 28 facturas ideológicamente falsas durante los períodos tributarios mensuales octubre, noviembre y diciembre de 2017; y, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2018, que representan un 68,1% en promedio del IVA crédito fiscal total declarado en dichos períodos, imputándolo contra los débitos fiscales de los periodos respectivos, disminuyendo en forma indebida la base imponible y el monto del impuesto al Valor Agregado a pagar en cada uno de dichos periodos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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