Fiscalia Iqq C/ N N
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Iquique |
|---|---|
| Rol | 40-2013 |
| Fecha sentencia | 16 abr 2013 |
| Recurso | Penal-apelacion sobreseim. definitivo |
| Resultado | REVOCADA Fallada/revocada |
Texto de la sentencia
IQUIQUE, dieciséis de abril de dos mil trece.
PRIMERO: Que del mérito de lo expuesto por los intervinientes en estrados, y lo revisado y constatado tanto en la causa RIT 10934-2010 del Juzgado de Garantía de Iquique, como en la causa RIT 2397-2013 del mismo tribunal, aparece que los hechos materia de la querella deducida por el Servicio de Impuestos Internos de fecha 5 de diciembre de 2011, por el delito previsto en el artículo 97 N° 4 inciso tercero del Código Tributario, los hechos se encuentran siendo investigados por el Ministerio Público en forma separada de aquellos que fueron materia de la acusación presentada en el referido RIT 10934-2010.
SEGUNDO: Que dicha separación de investigaciones la adoptó el ente persecutor, en uso de la facultad establecida en el artículo 185 del Código Procesal Penal, con fecha 12 de enero de 2012, dando origen en su oportunidad a la causa RUC N° 1200049954-2.
TERCERO: Que en estas condiciones, no concurren en la especie los presupuestos previstos en el inciso tercero del artículo 247 del Código Procesal Penal para disponer el sobreseimiento definitivo de la querella del Servicio de Impuestos Internos de fecha 5 de diciembre de 2011, toda vez que a la fecha dicha investigación no ha sido formalizada y en ese entendido, mal puede existir un cierre de la investigación, o bien un apercibimiento al Ministerio Público para que proceda a ello y en tal evento aplicar la sanción legal prevista en esa norma, todo lo cual lleva a desestimar lo solicitado por la defensa de los querellados Mauricio Varas Quezada, Mario Varas Quezada, María Quezada Pallares, y Cristian Varas Quezada.
Y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 253 y 364 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de fecha tres de abril del año en curso, y en su lugar se decide que se rechaza la solicitud de sobreseimiento definitivo formulada por la defensa de los imputados Mauricio Varas Quezada, Mario Varas Quezada, María Quezada Pallares, y Cristian Varas Quezada.
Rol I. Corte N° 40-2013 Reforma Procesal Penal.-
Pronunciada por los Ministros Srta. MIRTA CHAMORRO PINTO, Sr. PEDRO GÜIZA GUTIERREZ y el Fiscal Judicial Sr. JORGE ARAYA LEYTON. Autoriza doña VIVIANA SÁNCHEZ GONZÁLEZ, Secretaria Subrogante.
En Iquique, a dieciséis de abril de dos mil trece, notifiqué por el estado diario la sentencia que antecede.-
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