Salinas y Antonietti Ingenieros Asociados Limitada con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 262-2022 |
| Fecha sentencia | 6 dic 2022 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA Confirmada con declaración |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe discutió la procedencia de exención de IVA en operaciones realizadas en períodos tributarios cuestionados por el SII. La Corte confirmó la resolución de primera instancia, reemplazando los puntos de hecho para mejor recoger el conflicto y asignar correctamente la carga probatoria.
Texto de la sentencia
Santiago, seis de diciembre de dos mil veintidós.
Que atendido los términos en que las partes plantearon la controversia ante el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, corresponde que los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos fijados en la interlocutoria de prueba sean reemplazados por aquél que propone el reclamado Servicio de Impuestos Internos, pues de este modo se recoge de mejor manera el conflicto y se asigna la carga de la prueba al litigante que legalmente debe soportarla.
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 132 del Código Tributario, se confirma la resolución de cinco de octubre de dos mil veintidós, dictada por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago en la causa RIT N° GR-00004-2017, con declaración que se reemplazan los puntos Nos 1 y 2 por el siguiente: “Efectividad de la procedencia de la exención del Impuesto al Valor Agregado respecto de las operaciones realizadas durante los períodos tributarios cuestionados por el Servicio de Impuestos Internos. Antecedentes, hechos y circunstancias que lo acrediten”.
Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo.
Cómo resuelve este tribunal
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