Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

REVOCADACorte de Apelaciones de Santiago · Rol 372-201628 jun 2017

Flores Santana Elcira Celinda con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol372-2016
Fecha sentencia28 jun 2017
RecursoApelación
ResultadoREVOCADA

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Se revocó rechazo de demanda por falta de competencia. La Corte confirmó que errores en procedimiento de fiscalización del SII son competencia de Tribunales Tributarios, no de casación por nulidad de derecho público.

Texto de la sentencia

Santiago, veintiocho de junio de dos mil diecisiete.

1.- Que lo solicitado por la reclamante en lo principal de su escrito de fojas 1, es la anulación de los rubros contenidos en la liquidación N°31419000025, esgrimiendo para ello que, en la fiscalización realizada por el Servicio de Impuestos Internos, se incurrieron en una serie de errores procesales, toda vez que no se efectuó procedimiento de auditoría previo, lo que acarrearía la anulación tanto de la citación N°132313959 y de la liquidación reclamada.

2.- Que de las alegaciones formuladas por la reclamante, no consta que éstas versen sobre la nulidad de derecho público de la liquidación reclamada, pues para ello sería necesario que haya hecho referencia a las causales previstas en el artículo 7 de la Constitución Política de la Republica, esto es, que la autoridad que dictó la liquidación reclamada hubiere actuado “sin la previa investidura regular de sus integrantes, fuera de la órbita de su competencia, o que no se haya respetado la ley en lo tocante a las formas por ella determinada, o sin tener la autoridad conferida por ley; o también que se hubiera violado directamente la ley en cuanto a su objeto, motivos o desviación de poder; vale decir, debe haber producido algún vicio que produzca la referida sanción”

3.- Que de esta manera, los fundamentos de la reclamante no se encuadran dentro de las alegaciones de derecho público de la liquidación reclamada, pues no se han invocado los vicios que constituyan la sanción de ineficacia jurídica ya referida, sino que se refieren a errores producidos en el procedimiento de fiscalización llevado a cabo por el Servicio de Impuestos Internos que motivaron la emisión de la liquidación reclamada, hecho que es de competencia de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 del Código Tributario.

Por estas consideraciones, se revoca, en lo apelado, la resolución de nueve de agosto de dos mil dieciséis, escrita a fojas 37 de estas compulsas, y en su lugar se decide que el Juez no inhabilitado, dará curso a la brevedad a la solicitud deducida en lo principal de fojas 1, como en derecho corresponde.

Pronunciada por la Undécima Sala, integrada por los Ministros señor Juan Manuel Muñoz Pardo, señor Jorge Luis Zepeda Arancibia y señor Fernando Ignacio Carreño Ortega. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiocho de junio de dos mil diecisiete, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte de Apelaciones de Santiago en apelación: la proporción medida sobre los 1.067 recursos de esta base.Conoce Pro

Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Santiago

ConfirmadaRol 91-2017Corte de Apelaciones de Santiago29 jun 2017

Inca de Oro I S.A. con Servicio de Impuestos Internos

Confirmada sentencia que condena a INCA DE ORO I S.A. por infracción tributaria, pero se rebaja la multa de 1 UTA a 6 UTM por falta de análisis de circunstancias atenuantes y buena fe procesal del contribuyente.

Apelación
No Ha LugarRol 177-2017Corte de Apelaciones de Santiago3 jul 2017

Áridos Arenex Limitada con Tribunal Tributario y Aduanero

Rechaza falso recurso de hecho deducido por Inmobiliaria Coprosa contra resolución que acogió apelación del SII, confirmando que el plazo para consignar compulsas se suspendió por interposición de reposición y fue cumplido oportunamente.

Queja
Ha LugarRol 111-2017Corte de Apelaciones de Santiago6 jul 2017

Servicio de Puestos Internos /segundo Tribunal Tributario y Aduanero

La Corte acogió el recurso de hecho de la SII y declaró admisible su apelación subsidiaria contra la resolución que suspendió indefinidamente el procedimiento, aplicando supletoriamente las normas del Código de Procedimiento Civil por carecer de regulación específica en el Código Tributario.