Rechazo de incorporación de prueba sobre presentación de antecedentes
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 41-2015 |
| Fecha sentencia | 24 mar 2015 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | NO HA LUGAR |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalLa Corte confirmó la resolución de primera instancia que rechazaba incorporar un nuevo punto de prueba sobre si el contribuyente había presentado todos los antecedentes en la instancia administrativa previa.
Análisis del SII
La incorporación de un nuevo punto de prueba, incorporaría una nueva circunstancia, esto es, dar por establecido que el contribuyente no haya presentado todos los antecedentes en la instancia administrativa previa.
Texto de la sentencia
“Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil quince.
Atendido el mérito de autos y lo dispuesto en el artículo 148 del Código Tributario, modificado por la Ley 20.322, se confirma la resolución apelada de veinticinco de agosto de dos mil catorce, escrita a fojas 213 de estas compulsas.
ILTMA. CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO - UNDÉCIMA SALA – 24.03.2015 – ROL 41-2015 – MINSITRO SRA. MIREYA EUGENIA LÓPEZ MIRANDA - MINISTRO SR. ALEJANDRO RIVERA MUÑOZ - ABOGADO INTEGRANTE SR. LUIS MERINO SOTO
Normas aplicadas
Descriptores del SII
CÓDIGO TRIBUTARIO – ARTÍCULO 132 INCISO 11
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
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Gastos no respaldados contablemente en el Libro Diario. La Corte acogió parcialmente el recurso de apelación, dejando sin efecto el agregado fiscal por falta de trazabilidad de fondos y operaciones, aunque rechazó parcialmente otras partidas por insuficiencia probatoria.
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